La Voz de Galicia

Rufián se enfrenta a un delito inédito con pena de cárcel por airear secretos

España

Melchor Saiz-Pardo Madrid / Colpisa
Rufián, portavoz parlamentario de ERC.

La Fiscalía acepta la denuncia de Manos Limpias contra el diputado y estudia investigar otra de Ciudadanos por una revelación agravada de «informaciones relativas a la Defensa Nacional»

19 May 2022. Actualizado a las 17:18 h.

La Fiscalía del Tribunal Supremo ha abierto diligencias para investigar la denuncia por supuesta revelación de secretos que presentó el viernes Manos Limpias contra Gabriel Rufián por sus declaraciones el pasado día 5 tras la comparecencia en la comisión de secretos oficiales del Congreso de la entonces directora del Centro Nacional de Inteligencia (CNI), Paz Esteban. En esos comentarios ante la prensa el portavoz republicano habría dado detalles de lo hablado en el interior de la reunión, según la demanda.

Sin embargo, la supuesta locuacidad del diputado de ERC - según todas las fuentes consultadas- podría abrir una vía judicial inédita más allá de la simple y clásica revelación a la que apunta el sindicato. Y es que es «muy probable», de acuerdo con estas fuentes, que la denuncia de Ciudadanos sobre los mismos hechos y contra la misma persona ante la Fiscalía General del Estado se una a las diligencias ya abiertas de Manos Limpias que el fiscal de Sala de lo Penal Javier Huete ha encomendado al fiscal Antonio Pablo Rives.

Y la denuncia del partido político, más sólida y precisa que la de Manos Limpias, es como autor de un delito contemplado con el artículo 598 del Código Penal, un ilícito -más grave que el de la simple revelación, a la que subsumiría- por el que nadie ha sido condenado en las últimas décadas, según consta en los archivos digitalizados del Poder Judicial.

Ese precepto, que es el que ha invocado Ciudadanos en su denuncia contra el diputado de ERC ante la Fiscalía, castiga con pena de cárcel de 1 a 4 de cárcel al «que, sin propósito de favorecer a una potencia extranjera, se procurare, revelare, falseare o inutilizare información legalmente calificada como reservada o secreta, relacionada con la seguridad nacional o la defensa nacional o relativa a los medios técnicos o sistemas empleados por las Fuerzas Armadas o las industrias de interés militar».

Se trata de un ilícito de «bastante seriedad» -explican diversos juristas- ya que está encuadrado dentro del título XXIII (delitos de traición y contra la paz o la independencia del Estado y relativos a la Defensa Nacional) y dentro del capítulo III (descubrimiento y revelación de secretos e informaciones relativas a la Defensa Nacional).

«Extrema especificidad»

Pero su «extrema especificidad» -explican magistrados del Supremo- ha hecho que este delito del 598 del Código Penal sea prácticamente desconocido en los tribunales, que no consta que se hayan enfrentado a él nunca. Al menos en las últimas décadas. Y es que este ilícito debe ser cometido básicamente por un civil (en el caso de que sea militar se rige por un artículo más severo en el Código Penal Militar) y que además haya tenido acceso a información que haya sido «legalmente» (esto es, clasificada oficialmente por el Estado) como «reservada» o «secreta», algo que, fuera de las Fuerzas Armadas, solo está habitualmente al alcance de los agentes del CNI que no son uniformados o de altos responsables de Defensa o de Presidencia del Gobierno.

Pero es que además para incurrir en este ilícito es necesario que la información divulgada esté relacionada con la «seguridad nacional» o la utilización de sus «medios técnicos» (como sería Pegasus), algo que excluye a la gran mayoría de funcionarios o trabajadores de la Administración, que incurrirían en otros delitos de menor gravedad si revelaran información confidencial obtenida por razón de su cargo. Y si esas condiciones previas no fuera suficientes, el acusado debe haberse llevado la información o haber divulgado la misma sin ninguna intención de espiar para un país extranjero, ya sea gratis o a cambio de una remuneración.

Nunca antes ningún diputado había sido denunciado por supuestamente airear esos secretos oficiales de la denominada «Comisión de control de los créditos destinados a gastos reservados» por los que los antecedentes hay que buscarlos fuera de este ámbito. Pero los casos más cercanos encontrados en los archivos judiciales no son demasiados comparables. Sí hay un antecedente de un civil que intentó divulgar información oficialmente «clasificada» por el Estado. Fue el exagente del CNI Roberto Flórez. Pero Flórez fue condenado en el 2020 a doce años por un delito de traición (única vez en democracia) porque su intención sí que era facilitar la información a un país extranjero, Rusia, y por tanto se trataba de un intento de espionaje de máxima gravedad.

Otro caso cercano, pero no comparable porque el protagonista fue un militar y no tuvo ninguna trascendencia, fue el de un capitán de infantería al que el Tribunal Militar Territorial Primero condenó en el 2016 a 18 meses de cárcel por guardar en sus dependencias del cuartel de Herat, en Afganistán, información «secreta» de la OTAN a pesar de que sus superiores se lo habían prohibido. El capitán fue condenado conforme al artículo 26 del Código Penal Militar, el equivalente al 598 del Código Penal para civiles, pero que es más severo.

«Naciones extranjeras»

Las denuncias de Manos Limpias y Ciudadanos recogen las frases que Rufián pronunció ante los medios de comunicación nada más salir de la Sala Mariana Pineda en la que la ya exdirectora del CNI, Paz Esteban, dio explicaciones sobre el espionaje a los independentistas y a miembros del Gobierno.

Entre otras cuestiones, el diputado ante los periodistas y en una entrevista en TV3 dijo que Esteban había reconocido que «una parte del espionaje es cierto», pero que «todo ha sido bajo orden judicial»; que había señalado a posibles «naciones extranjeras» como responsables de otros casos de seguimientos que el CNI no reconoció como propios; que había dejado abierta la puerta a que otros «organismos del Estado» hubieran «espiado por encima de sus posibilidades legales»; y que se había dicho que de Pegasus como tal «no podía hablar».

Gabriel Rufián, posteriormente, en un tuit aseguró que comentaba estos aspectos porque todos ellos ya habían sido «filtrados» a los medios de comunicación y que todas sus declaraciones eran una «interpretación».


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