La Voz de Galicia

Mónica Juanatey, la parricida de Noia, condenada a 20 años de cárcel

Galicia

Marta Gómez Marta Gómez Ribeira / La Voz

El Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares ha hecho hoy pública la condena

01 Nov 2012. Actualizado a las 01:16 h.

Apenas una semana ha tardado el juez de la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca en dictar la sentencia en la que se impone la condena que ha de cumplir Mónica Juanatey, la mujer de Noia declarada culpable del asesinato de su hijo de nueve años. El magistrado considera indiscutible que la mujer actuó de forma alevosa cuando ocasionó la muerte de su hijo, delito al que se añade el agravante de parentesco, y desecha, como hizo el jurado a la hora de emitir su veredicto, la posibilidad de que sufra algún trastorno psíquico. En consecuencia, establece para la acusada la pena máxima: veinte años de prisión.

En la sentencia se detallan las consideraciones de los miembros del jurado para declarar culpable a Mónica Juanatey de ahogar a su hijo en la bañera en julio del 2008 y luego deshacerse del cuerpo metiéndolo en una maleta que dejó en un barranco y que apareció dos años más tarde. El juez ratifica los argumentos que sirvieron para condenar a la mujer. En lo que respecta a la existencia de alevosía en los actos de la Juanatey, el magistrado concluye que «sin duda» existió, toda vez que el niño fue atacado por su madre «de forma sorpresiva y totalmente inesperada» de manera que «sus posibilidades de defensa quedaron del todo anuladas».

Informes forenses

En sus conclusiones definitivas, el abogado encargado de la defensa de Mónica Juanatey incluía, como eximentes, la posibilidad de que la acusada tuviera sus facultades psíquicas total o parcialmente afectadas, una posibilidad totalmente descartada en base a los «rotundos informes de los cinco forenses que por activa y por pasiva negaron que existiera tal trastorno». En esos informes también se niega «tajantemente que esta padeciera la fugaz y selectiva amnesia» que, asegura, le impide recordar qué fue lo que le ocurrió a su hijo, alegando que la primera imagen que tiene tras preparar el baño al niño es tenerlo en sus brazos ya muerto.

En este sentido, el juez entiende que no cabe la «disminución de la imputabilidad de la acusada», lo cual, sumado al agravante de parentesco, los rasgos psicopáticos a los que aludieron los forenses en sus informes y la conducta posterior de la parricida, lleva a la imposición de la pena máxima, que se fija en 20 años de prisión.

Un aspecto que destacan tanto el magistrado como los miembros del jurado popular es el comportamiento de Mónica Juanatey tras la muerte del pequeño, cómo se deshizo del cadáver y «cómo hacía creer que el niño seguía vivo, hasta que se le ocurrió inventar lo de su muerte en un accidente de tráfico».

Contradicciones

Precisamente, la forma de actuar de la mujer antes y después de la desaparición del menor es uno de los argumentos que, en opinión del juez, sirven como prueba de cargo para condenarla. Destaca que hiciera pasar al niño por su sobrino cuando este llegó a Mahón para instalarse con ella y que dijera que solo se quedaría unos días, la falta de lógica de cómo dijo que encontró el cuerpo de su hijo o la amnesia selectiva, «que no tiene explicación alguna». El otro argumento tiene que ver sus contradictorias declaraciones.

El jurado consideró más creíble el testimonio que la acusada prestó durante la instrucción del caso reconociendo la autoría de los hechos que la versión que dio en el juicio, afirmando no recordar haber ahogado al niño.

Por todo esto, el magistrado considera que hay «prueba de cargo suficiente para destruir la presunción de inocencia» e impone la pena máxima.

Posibilidad de apelación

Mónica Juanatey tiene la posibilidad de apelar ante el Tribunal Superior de Justicia de Baleares, un recurso en el que ya trabaja su abogado, Carlos Maceda, con el objetivo de, «sino exculpar, sí para lograr la reducción de la pena».

En cuanto a la línea que seguiría la defensa en su apelación, el letrado señaló varias cuestiones en las que incidirá, como «la base en la que se ha fundamentado la declaración de hechos probados, constituida por el informe forense».

En este sentido, se pretende «poner de manifiesto las deficiencias de las que adolece el informe. Por un lado, parte de una serie de características previas de la forma de ser de Mónica que en nada coinciden con las apreciaciones de las personas más próximas a ella. Asimismo, aprecia una culpabilidad que no se corresponde con la percepción que ella tenía de su responsabilidad en los ocurrido».

En cuanto a la concurrencia de alevosía, el abogado defensor cree que no ha quedado demostrado que las posibilidades de defensa hubieran quedado completamente anuladas, mientras que, en lo que respecta al agravante de parentesco, considera que «se está agravando dos veces el mismo hecho» dado que «el carácter sorpresivo del ataque viene dado por la relación de Mónica con su hijo».

Resignación

La parricida de Noia ya conoce la pena que se le ha impuesto, veinte años de cárcel a los que habrá que restar los casi dos que lleva ya en prisión preventiva tras el hallazgo de la maleta con los restos de su hijo. Su abogado apuntó que recibió tanto el veredicto como la condena «con resignación». «Se lo esperaba de alguna manera, desde antes incluso del juicio. Ella ya había sido condenada antes», dijo el letrado.

Al igual que antes de que se celebrara la vista oral en la que fue declarada culpable de haber matado a su hijo, Mónica Juanatey sigue sin mantener contacto alguno con sus padres, que residen en Noia.


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