La Voz de Galicia

La Audiencia de Lugo rechaza anular la declaración de Liñares

Galicia

Xosé Carreira Lugo / la voz

El alto tribunal lucense da validez a toda la instrucción de Aduanas

19 Feb 2014. Actualizado a las 07:00 h.

La Audiencia de Lugo no acepta anular las declaraciones efectuadas por Francisco Fernández Liñares, como así pedía su abogado amparándose en que las mismas fueron realizadas cuando había excedido el tiempo de detención judicial. Asimismo, el alto tribunal lucense ampara el trabajo realizado por Vigilancia Aduanera, cuyos agentes, dice, tienen competencias para llevar a cabo la investigación.

La decisión adoptada por la Audiencia de Lugo es de un gran calado. Supone, sin duda, un afianzamiento de la operación que corría peligro de resquebrajarse si fuese decretada la nulidad de las declaraciones de Fernández Liñares. Hay que tener en cuenta que estas son claves para la investigación.

La Audiencia de Lugo sacó de la cárcel en su día a Liñares al aplicarle la denominada doctrina china, conocida así porque supuso la liberación del principal cabecilla de la operación Emperador, un ciudadano del país asiático que había estado detenido más tiempo del reglamentario. Con el exconcejal de Lugo pasó exactamente lo mismo.

Esa liberación supuso que su abogado también presentase la petición de que se declarase nulo todo lo que declaró Liñares en la fase de prórroga de su detención. La papeleta, aparentemente, parecía complicada para la Audiencia, entre otras razones porque el exconcejal se prestó a declarar y a aportar voluntariamente gran cantidad de documentación.

El tribunal lucense, sin embargo, resolvió de manera sucinta lo que considera «gran punto». «Como bien señala la instructora -dice la magistrada María Luisa Sandar, ponente de la resolución- no cabe acordar la nulidad de la declaración pues no se trata de acordar la nulidad de un acto procesal, sino que ha de determinarse en el momento procesal oportuno la validez del testimonio prestado en tales circunstancias».

En el juicio

Añade que «resulta ocioso señalar que no puede acordarse la nulidad interesada por el motivo que se alega, sino que, en el supuesto de que llegue a abrirse juicio oral, será el órgano de enjuiciamiento el que determinará la validez».

El otro aspecto del recurso también era de gran calado. El letrado de Liñares planteaba que se anulase toda la investigación realizada por Vigilancia Aduanera por considerar que excedía de sus competencias.

La causa, según había expuesto la jueza Pilar de Lara en un auto, comenzó por una investigación basada en informes patrimoniales de la Agencia Tributaria y de Vigilancia Aduanera, que presentaban indicios de la comisión de posibles delitos de blanqueo de capitales y contra la hacienda pública. La Audiencia dice que no existe controversia en cuanto a la competencia de Aduanas para investigar esos asuntos. «En virtud del principio de conexión [...] -dice el auto- se asumió el grueso de la información que si bien pudiese estimarse excesivo, no puede concluirse que reste validez a la instrucción realizada, pues la actividad de los agentes de Aduanas lo fue siempre bajo la subordinación y supervisión de la autoridad judicial».

Evaristo Nogueira, letrado de Liñares, dijo que estudiaba recurrir en amparo al Constitucional. También explicó que posiblemente pediría a la jueza que tome declaración a su cliente «para aclarar varios extremos».


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