El Supremo obliga al Estado a volver a pagar 14 millones al año a Audasa por la gratuidad de Rande y A Barcala
Galicia
Considera improcedente la decisión de Íñigo de la Serna de rebajar a la mitad en el 2017 la factura que Fomento y Xunta abonaban a la concesionaria a cambio de no cobrar a los usuarios
25 Feb 2020. Actualizado a las 16:39 h.
Segunda sentencia sobre la autopista AP-9 en tan solo 24 horas. Si el Juzgado Mercantil número 1 de Pontevedra condenó a Audasa el lunes a anular peajes cobrados indebidamente durante varias jornadas entre el 2015 y el 2018 a causa de un servicio deficiente mientras se ejecutaron las obras de ampliación del puente de Rande, el Tribunal Supremo ha fallado este martes a favor de la concesionaria en su rechazo a la rebaja que el Ministerio de Fomento aplica desde el 2017 a la factura a pagar a la empresa en compensación por la liberalización de peajes en los tramos de Vigo a O Morrazo y de A Coruña a A Barcala.
La sala de lo Contencioso-Administrativo sección cuarta del alto tribunal echa por tierra con su fallo la aseveración que el Ministerio de Fomento utilizó para reducir de 14 a 7 millones el pago anual a Audasa por eliminar los peajes en los dos tramos desde el 2006. El departamento de infraestructuras del Gobierno central, dirigido entonces por el popular Íñigo de la Serna, decidió hacer dicho recorte en la factura a pagar a la concesionaria en base a la afirmación de que estaba «un enriquecimiento injusto» al registrar por los dos tramos pagados por Fomento y la Xunta una evolución de los ingresos superiores a los del resto del vial y mayores que si hubieran seguido con cabinas de peaje. La Administración central llegó a alegar que se le cobra incluso por vehículos exentos de pagar por ser de servicios de emergencias, o de la propia concesionaria que pasan por el contador instalado en ambos pasos.
El recorte unilateral de la factura por Rande y A Barcala fue recurrido por Audasa, que ahora obtiene la razón del Supremo, tribunal que además concede a la empresa que le sean abonados los importes que ha dejado de cobrar desde el 2017 por el paso de vehículos en Rande y A Barcala, y además sea indemnizada por los perjuicios causados por el nuevo sistema de retribución por ambos tramos decidido por el Gobierno central en el mandato de Mariano Rajoy. El fallo da derecho también a la concesionaria de la AP-9 a cobrar intereses por las cantidades que ha dejado de percibir, unos siete millones de euros por ejercicio, lo que elevará la factura a unos 20 millones de euros en total.
Abre además la puerta el Tribunal Supremo al Gobierno central a que reclame a la Xunta dichos importes, que vienen a coincidir con el de lo que la Administración autonómica dejó de pagar por los dos tramos gratuitos para el usuario, aunque la decisión fue tomada por De la Serna como compensación a su negativa a traspasar a Galicia la titularidad de la autopista como hasta en tres ocasiones ha reclamado por unanimidad el Parlamento de Galicia. En octubre del 2018 la Xunta hizo un movimiento para tratar de evitar a toda costa tener que volver a pagar el peaje de los tramos de la AP-9 en Rande y A Barcala, comunicando al Supremo quedar al margen de cualquier sentencia que le pudiera dar la razón a la concesionaria, como así acaba de ocurrir.