Audasa es absuelta de abuso por cobrar peajes durante las obras de Rande
Galicia
La Audiencia de Pontevedra anula la sentencia del Mercantil que condenaba a la concesionaria y rechaza la petición fiscal
20 Apr 2021. Actualizado a las 20:56 h.
Las concesionarias de autopistas no tienen que rebajar el precio de sus peajes si no pueden garantizar una fluidez en el tráfico propia de las vías de alta capacidad. Así lo estima la sección primera de la Audiencia de Pontevedra, que acaba de anular la sentencia dictada el año pasado por el Juzgado de lo Mercantil número 1 de la misma ciudad por la que se ordenaba la devolución de los peajes a los usuarios de la AP-9 afectados por las obras de ampliación de Rande en 81 retenciones registradas entre el 2015 y el 2018.
El tribunal echa por tierra la argumentación de la Fiscalía, que al interponer la demanda aseguraba que Audasa había incurrido en una práctica abusiva causada por un desequilibrio de prestaciones y falta de reciprocidad respecto a los peajes cobrados.
La Audiencia descarta, con cierta dureza incluso, las argumentaciones del ministerio público, al que acusa de «evidente extralimitación» al «alterar sustancialmente los hechos» por intentar incluir en el caso no solo los atascos registrados a causa de las obras, «sino por cualquier otra incidencia, tuvieran o no que ver con la actuación de la concesionaria».
Dan la razón a Audasa los jueces de la Audiencia de Pontevedra al advertir que el cobro íntegro de los peajes, sin descuentos por las posibles molestias causadas por las obras, es un deber legal de la empresa en función del contrato de explotación de la autopista. Y añade que, aunque la concesionaria podría haber rebajado los importes, con el permiso de la Administración, que no lo haya hecho no constituye abuso alguno.
Obras permitidas
Audasa había interpuesto un recurso contra la sentencia que la obligaba a devolver los peajes a los afectados por las retenciones, pero a su vez la Fiscalía y plataformas de usuarios como En-Colectivo y Adicae también pidieron una revisión de esa condena para que se incluyese en ella a mayores la indemnización a los automovilistas perjudicados. La Audiencia no estima ni que haya de producirse esa compensación ni que haya que devolver los peajes siquiera, dado que las obras fueron pedidas por la Administración central y en el acuerdo con la concesionaria para llevarlas a cabo nada se especificó sobre una alteración de las tarifas si con los trabajos se afectaba a la fluidez del tráfico.
La larga sentencia niega que hubiera abuso, dado que las obras eran conocidas para la mayoría de la sociedad y, pese a ellas, el tramo de la AP-9 entre Pontevedra y Vigo carece de alternativa viaria real. Para ello el fallo hace mención a los testimonios que prestaron en la vista celebrada el mes pasado varios afectados, llegando a afirmar los magistrados que «tanto la ausencia de una alternativa real como la existencia habitual de retenciones, de mayor o menor intensidad, no influirían en su decisión de seguir utilizando la AP-9 frente a otras opciones que no consideraban realmente viables por implicar, con todo, un mayor retraso».
«Ecuación abstracta»
Carga de nuevo el tribunal contra la Fiscalía al acusarla de presentar «una ecuación abstracta» relacionando precios y calidad del servicio. Advierte que las tarifas son fijadas por la Administración, no por el concesionario, y que el peaje se define en todo caso por el recorrido efectuado, sin otro tipo de consideraciones al nivel del servicio. Y añade la sentencia que no solo el Ministerio de Transportes no le impuso a la concesionaria un marco de rebajas por las obras, sino que autorizó desde el 2018 una subida extra (de un 1 % anual) para pagarlas que estará en vigor durante veinte años.
«No existe una relación directa entre la concreta prestación del servicio a cada usuario y el peaje que paga cada uno por cada concreto viaje sometido al peaje», concluye el fallo que anula la sentencia histórica del año pasado que abría la puerta a que las concesionarias de autopistas tuviesen que rebajar sus tarifas o incluso levantar las barreras cuando no pudiesen prestar un servicio acorde con lo que se espera de un vial de pago de alta capacidad.