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Dos años de cárcel para un profesor de Pontevedra por besar a su alumna de 15 años

Galicia

La Voz Redacción
La Audiencia de Pontevedra

La Audiencia Provincial subraya que «la verdadera intención del acusado fue la de satisfacer sus deseos sexuales», como revelan las conversaciones de WhatsApp con la menor

13 Sep 2023. Actualizado a las 09:29 h.

La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha condenado a dos años de cárcel a un profesor de matemáticas de una academia, como autor de una agresión sexual, por besar en varias ocasiones en la boca a una alumna de 15 años sin su consentimiento. Además, lo ha inhabilitado para el ejercicio de la profesión de profesor durante dos años y le ha impuesto la prohibición de aproximarse a la víctima, así como de comunicarse con ella por cualquier medio, durante tres años. El tribunal también lo ha inhabilitado para cualquier profesión, oficio o actividades, sean o no retribuidos, que conlleve contacto regular y directo con personas menores durante siete años.

Las magistradas consideran probado que el acusado le envió a la víctima wasaps, incluyendo stickers de contenido sexual. En septiembre del 2019, según el fallo, la esperó con una gominola en la boca, a la salida del ascensor de la academia, «dándole un beso en la boca, sin contar con su consentimiento». Las juezas aseguran que, en otra ocasión, se presentó en el domicilio de la menor, le ofreció un café y unos dulces, la agarró por los hombros y la besó en la boca.

La Sala también relata que, en noviembre del 2019, aprovechando que se quedó a solas con la víctima en la academia, le sujetó la cara y le dio dos besos en la boca. Y, en otra ocasión, cuando el acusado bajaba en el ascensor con ella, «la sujetó contra la pared, y, en contra de su voluntad, la besó en la boca». Otro día, según el tribunal, aprovechó de nuevo que estaban solos en la academia para entrar en el aula donde estaba la víctima y, sorpresivamente, besarla de nuevo en la boca.   

«Se cuenta con abundante documental que prueba una conducta del acusado, en cuanto a la víctima, que no encaja en la relación profesor-alumna, y que tampoco se presenta como igual, o al menos parecida, a la que mantenía el acusado con el resto de alumnos de la academia que declararon como testigos», explican las magistradas en la resolución, en la que subrayan que «no resulta duda alguna de que la verdadera intención del acusado fue la de satisfacer sus deseos sexuales, para lo cual utilizó y manejó a una menor que sí se lo tomó como un juego, hasta el momento en que se dio cuenta de cuáles estaban siendo las verdaderas intenciones del condenado».

El tribunal incide en que el carácter sexual de la acción es evidente. Así, recalca que no fueron besos de afecto, tal y como revelan las conversaciones de WhatsApp y los audios que le envió a la menor.  Las juezas destacan que los actos de contenido sexual ejecutados por el acusado atentaron contra la libertad e indemnidad sexual de la víctima. La sentencia no es firme, pues contra ella cabe presentar recurso ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.


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