La Voz de Galicia

Razones para una gestión integrada autónoma de la zona costera

Galicia

Fernando Otero Lourido

08 Dec 2023. Actualizado a las 11:54 h.

Se ha reabierto en estos días el debate sobre la gestión de los títulos de ocupación del dominio público marítimo terrestre y la zona costera, en parte de los cuales se alza nuestra cadena mar alimentaria. Es decir: quién, con qué requisitos, y bajo qué criterios interpretativos de la Ley de Costas debe decidir si prorroga, otorga o renueva a un establecimiento de acuicultura, una depuradora, un cocedero o una procesadora de pescado su concesión de ocupación del espacio litoral que habita y del que capta directamente el agua del mar necesaria para sus procesos.

 Subyace ahí un doble debate: uno muy técnico, de procedimiento, en el que me declaro partidario de la tesis de que Galicia ya tiene transferida la competencia para la ordenación de su litoral, y lo que nos queda pendiente es recibir los medios y las funciones ejecutivas necesarias para ejercitar esa competencia propia; y otro más valorativo condicionado por la sorprendente variedad de interpretaciones que a menudo admite un mismo precepto legal. Es el caso del requisito de que solo pueden ocupar dominio público las actividades “que no pueden tener otra ubicación”, lo que permite autorizar o no una instalación según dónde coloque la autoridad el listón de lo que se puede o no se puede hacer (y a qué costes) en una finca privada lejos del mar del que capta el agua. Y me constan casos en los que una instalación ha sido autorizada en dominio público, y otra idéntica rechazada por entender que puede desarrollarse en terrenos privados. Nadie actuó de mala fe; simplemente decidió sobre la base de una percepción personal tan legítima como subjetiva con su particular vara de medir un concepto jurídico indeterminado. 

 Ahí está la clave. Sorprende fuera que gallegos de muy diversa procedencia coincidan en reivindicar autonomía para la gestión integrada de nuestra zona costera, aun sabiendo que la costa seguirá siendo un bien de titularidad estatal. Pero es de sentido común: la laxitud interpretativa provoca inseguridad cuando concurre con una mirada extraña a la realidad socioeconómica y cultural del colectivo a regular, en nuestro caso un sector con el arraigo y la contrastada sostenibilidad ambiental que atesora la cadena productiva del mar, tan presionada desde todos los ámbitos, y tan necesitada de proximidad. 

Por eso, debates legalistas aparte, cuanto más cercano esté un centro de decisión, mayor será a priori su conocimiento de la realidad sociológica que tiene detrás, y mayor el poder de representación de unos administrados conscientes de sus raíces, de sus argumentos y de la fuerza social que emana de ellos. Todo dentro de la legalidad y sin más premisa que atemperar el rigor en la interpretación de ciertos artículos, por lo demás muy amplios, a la realidad operativa y a la viabilidad socioeconómica del sector clave en nuestra economía litoral. Actualizando normativas si fuere necesario. 

 Una exigencia que, quede claro, no distingue: la reclamaremos hoy y siempre tanto en la gestión de competencias estatales como autonómicas, venga de donde venga la decisión. Va la vida en ello.

 

 


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