Diez años de prisión para un hombre que violó a la hija de unos amigos en Lugo
Lugo ciudad
Los restos orgánicos hallados en el cuerpo de la víctima, de 14 años, fueron clave para una sentencia condenatoria
19 Dec 2024. Actualizado a las 13:23 h.
Diez años de prisión y 10.000 euros de indemnización. Esa es la condena que la Audiencia Provincial de Lugo le ha impuesto a un vecino de la ciudad que, en abril del 2023, agredió sexualmente a la hija de unos amigos, de 14 años en el momento de los hechos. El testimonio de la menor, sumado a las pruebas de ADN recabadas durante la investigación, fueron las claves para que el fallo del tribunal fuese condenatorio.
La sentencia acepta la gran mayoría de las pretensiones de la Fiscalía y de la acusación particular, aunque reduce la pena de prisión que solicitaban, de 13 y 15 años, respectivamente. Según la resolución, queda probado que el acusado, de nacionalidad ecuatoriana y de 54 años en la actualidad, abusó de la pequeña en casa de su madre, forzándola en su propia habitación.
Según el relato de los jueces, el hombre acudió aquel día a la habitación de la niña «para ofrecerle dinero», algo que ella rechazó. Minutos después, «volvió a su cuarto e intentó besarla». Como ella se negó, la agarró por los hombros, la sometió contra la cama y la desnudó para poder abusar de ella. Al terminar, el hombre abandonó la vivienda y la joven le contó lo sucedido a su madre en cuanto regresó, ya que estaba fuera en el momento de la violación.
«El resultado de esta prueba es demoledor para la pretensión exculpatoria del procesado»
La sentencia explica la validez del testimonio de la joven, que «ha mantenido el mismo relato de los hechos» y que «se ha visto corroborado» por otras pruebas. El tribunal menciona la declaración de las psicólogas forenses, «quienes expusieron en el plenario que la menor presenta un relato creíble, con criterios suficientes». Sin embargo, la más importante es «la existencia de presencia de ADN masculino en la mayoría de las muestras remitidas, con un perfil genético del procesado». El resultado de esta prueba, dice la resolución, «es demoledor para la pretensión exculpatoria del procesado», ya que su tesis no puede explicar esta circunstancia.
El hombre sostuvo en la vista del juicio que se había despedido de la chica y la había dejado en su habitación sin llegar a entrar en ella, y que no habían mantenido relaciones sexuales, un argumento incompatible con las pruebas valoradas por el tribunal.
Por ello, lo condenan a una pena de prisión de 10 años y al pago de una indemnización de 10.000 euros. Además, se le ha impuesto la prohibición de aproximarse a la víctima a menos de 500 metros por un período de 15 años, 10 años de libertad vigilada, la inhabilitación para profesión, oficio o actividades sean o no retribuidas, que conlleve el contacto regular y directo con menores de edad por el plazo de 15 años, y privación de la patria potestad o inhabilitación especial para el ejercicio de los derechos de la patria potestad, tutela o curatela por tiempo de 7 años.