Un promotor musical estafa a un grupo de Pontevedra con el lanzamiento de su disco
Pontevedra
El acusado se quedó con el dinero destinado a las copias de su trabajo discográfico
22 Oct 2021. Actualizado a las 05:00 h.
El lanzamiento de un disco es la máxima aspiración para cualquier artistas o grupo que está dando sus primeros pasos en el ámbito musical. Pero en ocasiones se torna en algo muy parecido a una pesadilla, como pudieron comprobar los integrantes de Al Fondo Hay Sitio, quienes fueron estafados por un promotor, tal y como recoge la sentencia dictada por un Juzgado de lo Penal de Pontevedra y que ha sido confirmada por la Audiencia -no es firme ya que cabe recurso de casación-.
Constituidos en entre finales del 2013 y principios del 2014 como «grupo de pop-rock melódico», sus integrantes contrataron al acusado, quien «se dedica a la promoción y representación de artistas», para hacer su promoción musical. Pactaron entonces una contraprestación económica de quinientos euros al mes.
La sentencia refiere que en el 2016 le comunicaron al encausado que tenían un nuevo disco. Fue entonces cuando este, «con la finalidad de obtener un beneficio económico ilícito y sabiendo que no iba a hacer frente a su compromiso, les propuso gestionar su lanzamiento encargándose de contratar con una empresa la realización de las copias del disco». Añade que, incluso, en un momento dado y antes de hacerle una transferencia, el acusado le llegó a decir que probablemente los iba a distribuir la compañía Sony.
Dada la relación que tenían y que se había fraguado en anteriores promociones, los integrantes de Al Fondo Hay Sitio confiaron en su prestigio profesional y procedieron a realizarle una transferencia de 570 euros creyendo que «iban a recibir cuatrocientas copias de su disco, cosa que evidentemente no ocurrió». De hecho, los magistrados sostienen que no realizó «ninguna gestión para encargar las copias del disco e hizo suyos los 570 euros».
Tras reseñar que «los perjudicados han renunciado a la indemnización que les corresponde con motivo de los hechos», la Audiencia de Pontevedra confirma los seis meses de prisión impuestos al encausado como autor de un delito de estafa. En su resolución se desestiman los argumentos de la defensa conforme a que no se habrían dado los requisitos de este delito o que las pruebas no eran suficientes para enervar la presunción de inocencia, así como se avalan los mensajes de WhatsApp intercambiados: «No hay ni el más mínimo indicio de que esos mensajes hayan sido falseados».