La Voz de Galicia

El TSXG confirma la absolución del entrenador de baloncesto femenino acusado de abusos

Pontevedra

L. Penide Pontevedra / La voz

«Queda claro que no se ha probado que las relaciones fueran no consentidas, que fueran forzadas o que existiese prevalimiento como indicaban las acusaciones», destaca el abogado Celso Alexandre Delgado Rodríguez

18 Jul 2024. Actualizado a las 16:03 h.

Al igual que en su día hizo la Audiencia de Pontevedra, el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha confirmado la absolución del entrenador de baloncesto femenino acusado de abusar sexualmente de tres jóvenes.

Con respecto a una de las denunciantes que recurrió la absolución, el alto tribunal gallego reconoce «la existencia de dudas sobre la certeza de los hechos que se consignan en los escritos acusatorios y lo que en definitiva viene a considerar es la existencia de consentimiento en todas las relaciones sexuales habidas con el acusado». Es por ello que «no podemos atender a los razonamientos de la parte apelante, ciertamente elogiables desde la consideración del ejercicio del derecho de defensa».

De igual modo, y con relación a otra de las denunciantes, el TSXG refiere que la Audiencia de Pontevedra llegó a la conclusión de que todas las relaciones sexuales fueron consentidas y que no existió prevalimiento del encausado. Y «en relación con el cambio legislativo operado en el año 2015 que elevó la edad de los menores para consentir la realización de actos de carácter sexual a los 16 años, la sentencia se apoya en la presencia de un error de prohibición invencible para llegar a un pronunciamiento absolutorio».

Tras conocer la sentencia ratificando la absolución de su cliente, el abogado Celso Alexandre Delgado Rodríguez, del despacho Delgado Arce Abogados, resaltó «la inocencia y la bonhomía de mi cliente», así como que «ha sido un juicio con todas las garantías después de una larga instrucción», que se inició en el 2019. Considera que la sentencia del TSXG «es una resolución justa como lo fue la confirmada dictada por la Audiencia Provincial de Pontevedra, siendo que seis magistrados profesionales, las máximas autoridades judiciales de Pontevedra y de Galicia, han visto este asunto en ambas instancias y con total garantía para las partes».

Con respecto al proceso judicial, este letrado tiene claro que «la clave de la defensa ha sido el trabajo realizado en instrucción y en la vista ante la Audiencia. Defender la verdad y desmontar los argumentos de las acusaciones».

En este punto, tras precisar que «la fiscalía es una parte más del proceso y lógicamente no ha podido probar sus acusaciones prevaleciendo tras la práctica de la prueba la presunción de inocencia», destacó el hecho de que el ministerio público no interpusiera recurso alguno contra la absolución, «solamente se adhirieron al de las acusaciones», añadió.

En lo que respecta a los hechos acreditados en sentencia, Celso Alexandre Delgado Rodríguez subraya que «queda claro que no se ha probado que las relaciones fueran no consentidas, que fueran forzadas o que existiese prevalimiento como indicaban las acusaciones». Asimismo, destaca que el TSXG «da cuenta de la doctrina del Tribunal Constitucional relativa a la revocación de las sentencias absolutorias y da cuenta de que la sentencia de la Audiencia Provincial cumple sobradamente los estándares de motivación y no causa indefensión a la parte apelante».


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