Deja en «situación de desamparo absoluto» a una mujer con demencia tras causarle un agujero patrimonial de 400.000 euros
Portas
El acusado, un vecino de Portas, se valió «de un apoderamiento otorgado en un momento de falsa lucidez dentro de la demencia»
24 Mar 2023. Actualizado a las 20:17 h.
Transferencias hacia su propio patrimonio, operaciones de banca electrónica, venta de productos financieros, operaciones de préstamo con garantía hipotecaria... Un vecino de Romai, en el concello de Portas, empleó toda clase de subterfugios para vaciar las cuentas de una residente en A Coruña aprovechándose del deterioro cognitivo que esta sufría.
Ahora la Audiencia de Pontevedra acaba de ratificar el acuerdo de conformidad por que se le condena de cinco años y multa de 3.240 euros como autor de un delito de administración desleal en concurso con un delito de estafa. Además, deberá indemnizar a la víctima, a través de su representante legal de la Fundación Pública Galega para a Tutela de Persoas Adultas (FUNGA), en 337.000 euros y al BBVA en 61.357,22 euros.
La sentencia establece que «el desvío del patrimonio [de esta vecina de A Coruña] asciende a un total aproximado de 400.000 euros», así como se remarca que esta última «no pudo conocer ni autorizar ninguna de las operaciones anotadas». De hecho, se incide en que «el acusado se sirvió de una suerte de confianza artificiosa, se ganó la amistad de una persona enferma —sumada a la evidente demencia—, para engañar a la tutelada y disponer indebidamente de su patrimonio mediante una gestión absolutamente nefasta y contraria a sus intereses».
Desamparo absoluto
La resolución es clara al sostener que el encausado abusó «del deterioro cognitivo y situación de desamparo» de la víctima, de tal modo que «se sirvió del desvalimiento de la tutelada en el ínterin hacia su incapacitación para, a través de un apoderamiento otorgado en un momento de falsa lucidez dentro de la demencia (...), vaciar las cuentas» de la mujer. Es más, se remarca que ninguna de las operaciones financieras que realizó el procesado repercutió en beneficio de la víctima, «sino que, al contrario, le han dejado en una situación de desamparo absoluto, llegando a mantener posiciones deudoras con su banco, pese a su acreditada solvencia previa, anterior a la actuación del acusado», se recoge en la sentencia de la sección segunda de la Audiencia de Pontevedra, resolución que ha sido declarada firme.
En la misma se recoge la declaración de la nulidad de los apoderamientos notariales de 27 de diciembre del 2016 y 3 de marzo del 2017, así como los eventuales actos jurídicos realizados bajo su cobertura.