La Voz de Galicia

El drama de separarse con bajos recursos: gana 1.180 euros, paga 550 de alquiler y su expareja le pide 400 de pensión para el hijo

Arzúa

Xurxo Melchor Santiago / La Voz

El Juzgado de Arzúa y la Audiencia ven excesiva la pretensión de la mujer, que dejaría al hombre con solo 230 euros al mes para comer, vestirse y otros gastos

27 Feb 2024. Actualizado a las 11:59 h.

Una separación o un divorcio es casi siempre un drama. Un momento más que delicado para la pareja que rompe, que debe afrontar una brusca sacudida en sus vidas. Pero si, a mayores, hay bajos recursos económicos la situación puede derivar en un grave problema que puede incluso poner en riesgo la capacidad de las personas para afrontar los obligados y más elementales gastos mensuales.

Una de esas situaciones complicadas la vivió una pareja que se separó en Arzúa con un hijo en común. La mujer logró que el juzgado declarase la obligación del hombre de abonar 225 euros al mes en concepto de pensión de manutención del niño. Una cantidad que supone un 20 % del salario del padre, que es de 1.180 euros al mes. Sin embargo, a su ex no le pareció suficiente y recurrió la sentencia de primera instancia ante la Audiencia Provincial reclamando una cantidad mensual de 400 euros, casi el doble de la que se había estipulado. Su pretensión habría dejado al hombre con solo 230 euros disponibles para comer, vestirse y otros gastos, ya que paga 550 euros por el alquiler del piso en el que ahora convive junto a su nueva mujer, que tiene «escasísimos ingresos», refleja la resolución judicial.

Tampoco es que su situación vaya a ser boyante con la obligación que ya se había fijado judicialmente de abonar esos 225 euros mensuales para los gastos básicos del hijo, ya que descontada esta cantidad a su salario y los 550 que paga por el alquiler de su vivienda el remanente será de solo 405 euros.

Para justificar esa subida de la pensión de 225 a 400 euros, la mujer argumentó que se habían valorado erróneamente los ingresos del hombre, que ella situaba en 1.251 euros al mes. La Audiencia lo rechaza, y hace notar que en el 2022 el padre del niño solo tuvo una nómina por el importe que hizo constar la madre, que fue la de noviembre, pero que su salario habitual son solo 1.180 euros.

A decir verdad, la situación de la madre está también muy al límite. Ante el juzgado dijo percibir un mínimo de 300 euros al mes y un máximo de 600, así como que vive en casa de su madre, que cobra una pensión no contributiva. El menor va a un colegio público, tiene comedor gratuito y solo está justificado un gasto a mayores de 70 euros anuales por practicar fútbol.

La sentencia recuerda que «la obligación de dar alimentos es de ambos progenitores, debiendo atenerse a los ingresos de aquellos y a las necesidades del menor» y que esos 225 euros mensuales en los que se ha fijado la pensión de manutención que debe pagar el padre «es prácticamente el 20 % de sus ingresos» y «adecuada a los gastos del menor», por lo que no puede aumentarse, como pretendía la mujer, «so pena de provocar impagos».

Por ello, la Audiencia Provincial rechaza el recurso de la madre y explica en su resolución, que confirma por completo la del juzgado de Arzúa, que no puede «pretenderse fijar una pensión de 400 euros, o que el padre abone el 75 % de los gastos extraordinarios, que la sentencia apelada mantuvo al 50 %, pues la mejora de las circunstancias del padre no justifica tampoco el cambio pretendido».


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