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Los viajes a través de la UE seguirán siendo solo los imprescindibles, al menos hasta el 15 de mayo

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Control de fronteras entre España y PortugalControl de fronteras entre España y Portugal

El BOE publica la prórroga de una medida adoptada hace más de un mes

21 Apr 2020. Actualizado a las 12:54 h.

El Gobierno ha prorrogado los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen por razones de orden público y salud pública hasta el próximo 15 de mayo. Así lo recoge la Orden INT/356/2020 que recoge el BOE de hoy martes, que extiende la aplicación de la medida que fue tomada el 17 de marzo por el Consejo Europeo para limitar la expansión de la pandemia.

De esta forma, los únicos nacionales de terceros países de la Unión Europa que podrán viajar son los residentes que se dirijan a su lugar de residencia, los titulares de un visado de larga duración expedido por un país miembro al que se dirijan y los trabajadores transfronterizos.

Más en concreto, las excepciones recogidas sobre quiénes podrán viajar son las siguientes:

Por otro lado, la orden también establece que se mantiene el cierre, con carácter temporal, de los puestos terrestres habilitados para la entrada y la salida de España a través de las ciudades de Ceuta y Melilla. La orden entrará en vigor a las 00:00 horas de mañana, 22 de abril, y tendrá vigencia hasta las 24:00 horas del 15 de mayo.

 


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