La Voz de Galicia

Consumo abre expediente sancionador a aerolíneas «low cost» por cobrar el equipaje de mano

Sociedad

Clara Alba Madrid / Colpisa

Las sanciones previstas para estas infracciones pueden llegar al millón de euros o hasta ocho veces el beneficio ilícito obtenido

08 Aug 2023. Actualizado a las 12:02 h.

Tras varias semanas de investigación, el Ministerio de Consumo ha abierto finalmente expediente sancionador a varias aerolíneas «low cost» que operan en España por cobrar a los viajeros por su equipaje de mano transportado en cabina. El departamento dirigido por Alberto Garzón no ha hecho público el listado de las compañías afectadas. Pero hace unos meses, cuando abrió la investigación, indicó que en su conjunto ostentaban una cuota de mercado por encima del 30 %, tanto dentro como fuera de Europa, por lo que sus políticas de viaje tienen una enorme incidencia en la contratación de pasajeros.

 Ya en su momento, la asociación de consumidores Facua advirtió de que ya se habían interpuesto denuncias por este tipo de prácticas contra Ryanair, Vueling, easyJet, Volotea o Eurowings, que estarían entre las ahora expedientadas.

 Reserva de asiento

Además del cobro irregular por el equipaje de mano, Consumo también ha ampliado el caso a los sobrecostes que estas aerolíneas aplican en ocasiones a algunos servicios que tradicionalmente se incluían en el precio del billete, como la reserva del asiento contiguo a otro pasajero en el caso de menores o personas dependientes.

Así, a través de esta práctica de desgajar servicios tradicionalmente incluidos en el precio del billete y cobrar al pasajero un suplemento por ellos, estas compañías ofrecen en su publicidad precios muy competitivos. No obstante, Consumo ha detectado que este precio inicialmente ofertado en la publicidad no se corresponde en la mayoría de los casos, como consecuencia de estas prácticas, con el precio que finalmente acaba pagando el consumidor.

El hecho de oferta billetes aparentemente más baratos -pero que luego no lo son- permite además a estas compañías lowcost tener un posicionamiento «privilegiado» en los motores de búsqueda y los comparadores de vuelos respecto a otros competidores, que sí incluyen en el precio de sus billetes este tipo de servicios.

Consumo también denuncia que las aerolíneas afectadas también acometen otro tipo de irregularidades, como no permitir el pago en metálico en el aeropuerto por los servicios adicionales, en contra de lo dispuesto por la normativa.

Las sanciones previstas para estas infracciones pueden llegar a considerarse como graves o muy graves, con multas de entre 10.001 y 100.000 euros, en el caso de las graves, y entre 100.001 y 1.000.000 de euros, en el caso de las muy graves.

«En el caso de que el beneficio ilícito obtenido por las prácticas infractoras superara dichas cantidades, las sanciones que se impongan podrían alcanzar hasta entre cuatro y seis veces el beneficio ilícito obtenido, para las infracciones graves, y entre seis y ocho veces el beneficio ilícito obtenido, en el caso de las muy graves», explican desde Consumo, que tiene potestad sancionadora desde el 2022.

 

Los expedientes llegan tras una investigación abierta a raíz de una primera denuncia de Facua en octubre del 2021 contra el cobro del equipaje de mano en Vueling. Anteriormente, en 2018, la asociación ya había denunciado a Ryanair y Wizzair ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea y la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) por este motivo, «sin que ninguno de los dos organismos le comunicara ningún tipo de actuación al respecto», según denuncian.

La asociación advierte de que las infracciones acometidas incumplen la Ley de Navegación Aérea, donde se establece que «el transportista estará obligado a transportar de forma gratuita en cabina, como equipaje de mano, los objetos y bultos que el viajero lleve consigo».

Solo contempla como excepciones «razones de seguridad, vinculadas al peso o al tamaño del objeto en relación con las características de la aeronave». Facua insiste, además, en que se consideran abusivas todas las «estipulaciones no negociadas individualmente y aquellas prácticas no consentidas expresamente que causen, en perjuicio del consumidor y usuario, un desequilibrio importante de los derechos y las partes que se deriven del contrato», entre otras.


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