La Voz de Galicia

Agricultura publica los contratos tipo para la comercialización de uva para vino

Agricultura

Somos Agro redacción

Aunque son de carácter voluntario desde el sector animan a suscribirlos

29 Jul 2024. Actualizado a las 19:20 h.

El Ministerio de Agricultura ha publicado dos órdenes en el Boletín Oficial del Estado en la que se homologan los contratos tipos para la comercialización de uva destinada a transformación en vino para las próximas tres campañas (2024/2025, 2025/2026 y 2026/2027). Esta es una de las viejas demandas del sector del vino. De hecho, desde la Interprofesonal del sector comentaron posteriormente que los contratos, realizados a propuesta de la Organización Interprofesional del Vino de España (OIVE), tienen como objetivo mejorar el funcionamiento, la estabilidad y la transparencia de la cadena de valor vitivinícola, y aunque son de carácter voluntario, este colectivo recomienda su utilización. 

Desde el Ministerio de Agricultura avanzaron en un comunicado que estos contratos tipo, que entrarán en vigor el 1 de agosto, serán aplicables en todo el territorio nacional. El objetivo de estos modelos de uso voluntario es mejorar el funcionamiento, la estabilidad y la transparencia de la cadena de valor del sector vitivinícola.

Estos contratos se han homologado de acuerdo con el régimen establecido en la ley reguladora de los contratos tipo de productos alimentarios (Ley 2/2000, del 7 de enero) y su contenido se ajusta a lo dispuesto en la normativa sobre medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria (artículo 9 de la Ley 12/2013, del 2 de agosto).

Entre otras cláusulas, los contratos tipo establecen el objeto, el precio, la forma y condiciones de pago y entrega, la calidad, la trazabilidad, la duración y prórroga, y los mecanismos para resolver controversias. Los operadores podrán acordar la vigencia del contrato para varias campañas, promover así la adopción de contratos plurianuales y favorecer la estabilidad necesaria en el sector vitivinícola.

 

Ambos modelos son adaptables para ser utilizados con todas las tipologías y orígenes (con o sin DOP/IGP) tanto de uva destinada a su transformación en vino, como de vino, y permiten estipular libremente a las partes los criterios de calidad exigidos al producto que conformarán el precio. Además, recogen todos los aspectos exigibles en la legislación vigente en materia de contratación agroalimentaria.


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