Marinos apelan a Báñez para que el retiro se calcule por la libreta marítima
Somos Mar
Acusan al director del ISM de otorgar a las cotizaciones una primacía que la ley no le da
10 Sep 2017. Actualizado a las 05:00 h.
La gente del mar tiene un carné específico. Es la libreta de navegación marítima, que además de la identificación de su titular recoge la relación de embarques y desembarques que ha tenido ese profesional. Todo un currículo avalado por capitanes de barco, comandancias de marina o capitanías de puerto que, además, tiene validez a nivel internacional. Una vida profesional que, en ocasiones, no coincide con la laboral, esa que dibuja la Seguridad Social -en este caso el ISM (Instituto Social de la Marina)- inspirándose en las cotizaciones del que aparece en la fotografía de la libreta. Esa disparidad de datos sería anecdótica si no fuese porque tiene influencia directa en el momento de poner fin final a la vida profesional. Los marinos mercantes, como los estibadores, toreros o mineros, pueden beneficiarse de los coeficientes reductores de la edad de jubilación (COE), de forma que en lugar de tener que estar activo hasta después de los 65, pueden retirarse a los 55 en función de los años que hayan ejercido esa profesión, reconocida como penosa y peligrosa. Y resulta que no siempre coincide lo trabajado con lo cotizado. De hecho, ya ha habido sorpresas, y profesionales a las puertas de la jubilación descubrieron que, por causas ajenas a su voluntad, no estuvieron asegurados durante todo el tiempo de trabajo, con lo que tuvieron que seguir en activo hasta un año más, como es el caso de Arturo Salas, que ha llevado su caso a numerosas instancias judiciales y pretende llegar incluso al Tribunal Constitucional.
Esas discrepancias han levantado también en armas a la Asociación Profesional de Ingenieros Marinos y Maquinistas Navales y a la Asociación Vizcaína de Capitanes de la Marina Mercante, porque el Ministerio de Empleo aplica el coeficiente al tiempo de alta en la Seguridad Social en lugar de hacerlo sobre lo que figura en la libreta de navegación.
Sin primacía
El colectivo profesional remarca que la legislación no da prioridad a ninguno de los dos certificados. Al contrario, «expone con total claridad que el marino puede utilizar cualquiera de los documentos y que ambos son igualmente probatorios del tiempo navegado». Sin embargo, no lo cree así el director general del ISM, Luis Casqueiro, que en una carta remitida a los capitanes vizcaínos otorga primacía a la vida laboral que sale de sus bases de datos. «La libreta de navegación es un documento probatorio supletorio, ya que la principal fuente son los períodos» de cotización. Solo concede ese carácter de prueba principal a la cartilla «cuando se trate de períodos embarcados en buques extranjeros».
Los profesionales sostienen que «la ley no dice que un documento sea principal o supletorio» como para que Luis Casqueiro interprete que las cotizaciones sociales prevalezcan sobre lo que avalan las autoridades marítimas. Sobre todo porque la libreta siempre acompaña al marino y sobre el pago del seguro no tiene control, pues es responsabilidad del empresario que lo contrata. De este modo, se está haciendo asumir al trabajador del mar la infracción cometida por el empleador.
Pero como quiera que la interpretación del ISM coincide con la opinión del Tribunal de Justicia de Cantabria, que tumbó la reclamación de un marino a este respecto, ambos colectivos profesionales han apelado a la ministra de Empleo, Fátima Báñez, para que ponga orden en este entuerto: «La única forma de desbloquear esta situación y tomar decisiones firmes solo la tiene la ministra y es con quien debemos debatir y convencer de que nuestras reivindicaciones son justas y acordes a la legislación».
Así que en la misiva que le han remitido para pedir su mediación ruegan que Báñez «acoja con cariño las recomendaciones de estas asociaciones» y acepte la solicitud de reunión para resolver el problema.
En una ocasión anterior, el ISM conminó a los profesionales a acudir a los juzgados para reclamar el tiempo no cotizado.
Lamentos por el desprestigio de la profesión
Los profesionales de la Marina Mercante consideran que algo tendrán que decir Fomento cuando otro departamento de la Administración pone en tela de juicio un documento al que todas las autoridades marítimas conceden validez. Calculan que unas 60.000 personas podrían verse afectadas por la interpretación del ISM y el Tribunal Superior de Cantabria, que concede primacía a las bases de datos de la Seguridad Social sobre un documento que expide Fomento, reconoce la legislación española, la Organización Marítima Internacional (OMI) y la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
Y no faltan los lamentos de que el problema en el que ahora se ven envueltos es reflejo de la situación en que se encuentra el sector del mar en España: «En franca decadencia». Los marinos mercantes sustentan esa apreciación con las estadísticas, hoy muy adelgazadas en comparación con las de hace dos decenios.
La «tarjeta de embarque»
«El desprestigio del sector ha llegado a un punto tal, que hay resoluciones judiciales con total desconocimiento del sector que hablan de acreditaciones inexistentes, al citar la tarjeta de embarque como un documento profesional marítimo», cuando eso es lo que se pide para embarcar en un avión, pero nunca en un carguero o un petrolero.
En el alegato a la ministra también subrayan que España siempre ha tenido «los mejores profesiones marinos y así fue reconocido internacionalmente», pero con estas actuaciones «comprobamos que el abandono del sector no es solo a nivel de empresas armadoras, Administración nacional y construcción naval, también los profesionales del mar estamos siendo abandonados a nuestra suerte y perdiendo la hegemonía en los mares del mundo».