La Voz de Galicia

Los pescadores rechazan el «castigo» de devolver ayudas ya recibidas si cometen ahora faltas como estas

Pesca y Marisqueo

S. Serantes Redacción / La Voz
Pesqueros del litoral y el Gran Sol amarrados en un puerto gallego (foto de archivo)

Las cofradías españolas advierten al eurocomisario de Pesca que puede «condenar a la ruina» a un barco por infracciones que detalla el Reglamento de Control de Pesca

10 Nov 2023. Actualizado a las 04:46 h.

«Cuando una embarcación comete una falta grave no podrá pedir ayudas en cinco años y si en los últimos cinco había recibido alguna, deberá devolverla con intereses de demora», aunque la infracción no tenga relación con la subvención. Basilio Otero, presidente de la Federación Nacional de Cofradías de Pescadores (FNCP), califica esa norma comunitaria de un «castigo demasiado duro» que, en su opinión, sanciona «con vistas al futuro, pero lo sorprendente es que también con retroactividad, penalizando años en los que se ha trabajado cumpliendo con la ley».

Otero se refiere a uno de los artículos del reglamento del Fondo Europeo Marítimo de Pesca y de Acuicultura (Fempa), que hasta el 2027 le inyecta a España 1.120 millones de euros, 366 a Galicia. Estos fondos públicos cofinancian inversiones en la flota, entre otras muchas iniciativas.

La «preocupación» por una medida que puede «condenar a la ruina a un pescador por un incumplimiento» se la transmitieron el presidente, tres vicepresidentes y el asesor jurídico de la FNCP al eurocomisario de Medio Ambiente, Océanos y Pesca, Virginijus Sinkevicius, en la reunión celebrada el lunes en Bruselas. «Necesitamos que atienda nuestras preocupaciones, propuestas y necesidades para evitar la muerte del sector pesquero español», le pidió Otero al concluir ese encuentro. 

Algunas de las faltas graves

Las infracciones las detalla el nuevo Reglamento de Control de Pesca, pendiente de publicación y, por tanto, de la entrada en vigor. Entre otras, pueden ser calificadas como graves no registrar o no notificar capturas de especies sujetas a la obligación de desembarque por especie, lance, zona, día o marea. También no comunicar a las autoridades averías en los sistemas de geolocalización, de identificación automática o del diario de pesca.

Además, es posible considerar como falta grave que no funcionen más del 10 % de los disuasores acústicos obligatorios para mitigar la captura accidental de delfines o que parte o todo el aparejo supere más del 10 % el tamaño autorizado. Cabe la misma tipificación si la luz de malla de la red, el diámetro del hilo o el tamaño del anzuelo se reducen en tres milímetros o en un 5 % respecto al establecido, así como faenar en fondos distintos a los permitidos o a una distancia del más del 10 % de la costa.


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