La Voz de Galicia

Cinco días de plazo para que entre en la cárcel voluntariamente el condenado por el enchufe de la cuñada de Carmela Silva

Vigo

Carlos Punzón Vigo
Francisco Gutiérrez Orue, funcionario del Ayuntamiento de Vigo condenado por el enchufe a una cuñada de Carmela Silva, presidenta de la Diputación de Pontevedra

Rechaza su recurso para seguir esperando respuesta del Gobierno a su petición de indulto para evitar la prisión a la que fue condenado en el 2019

07 Jul 2023. Actualizado a las 01:35 h.

Último y definitivo aviso para entrar en prisión al alto funcionario del Ayuntamiento de Vigo que fue condenado a cinco años de cárcel por haber enchufado a la cuñada de la socialista Carmela Silva en una contrata municipal. La sección 5 de la Audiencia Provincial con sede en Vigo acaba de conceder cinco días de plazo a Francisco Javier Gutiérrez Orúe para que ingrese voluntariamente en el penal de su elección y comenzar a cumplir la condena que le fue impuesta en primera instancia en febrero del 2019 como «responsable» de un delito continuado de prevaricación, malversación de caudales públicos y falsedad documental al realizar un plan para que la allegada de la teniente de alcalde viguesa realizase supuestos trabajos contratados por el Ayuntamiento de Vigo a la empresa Imesapi, labor por la que la cuñada de Silva percibió 108.000 euros, sin que, como subraya la sentencia, llegase a realizar las tareas contratadas.

El fallo judicial inicial fue recurrido sin éxito ante el Supremo y después objeto de una petición de indulto hecha ante el Gobierno por Gutiérrez Orúe, entre otras motivaciones por un compromiso social que señalaba probaba su afiliación a UGT y al PSOE desde 1982. Las sucesivas peticiones de su defensa para que no se ejecutase la sentencia mientras el Ejecutivo no se pronunciase sobre su petición de indulto, le han valido hasta ahora para eludir la entrada en prisión. Pero la Audiencia ha dictaminado que ya no cabe más dilación tras haber advertido la plataforma denunciante, Xuntos por Galicia, que el tribunal es el único responsable de que el alto funcionario municipal siguiese en la calle pese a su condena.

El auto dado a conocer hoy señala que el recurso de súplica interpuesto por el responsable del enchufe a la cuñada de Carmela Silva «no puede estimarse». Alude, como ya lo había hecho anteriormente, que la doctrina del Tribunal Supremo obliga a no interpretar el silencio del Gobierno sobre la petición de indulto, ni para seguir aguardando una señal del Ministerio de Justicia, ni para sobreentender que aún no ha tomado una decisión al respecto.

Por ello, el tribunal advierte que «no cabe apreciar que la resolución recurrida haya incurrido en defecto legal y/o procesal alguno, ni que pueda hablarse de un derecho al indulto, que haya de dar lugar a una espera indefinida, algo contrario a una elemental seguridad jurídica». En consecuencia, advierte a Francisco Javier Gutiérrez Orúe que debe «proceder al ingreso voluntario en prisión, en el plazo máximo de 5 días, a contar desde la notificación de esta resolución, procediéndose de oficio en caso contrario, mediante el auxilio de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado».

Orúe solicitó la jubilación en el Ayuntamiento de Vigo, donde llegó a ser presidente del comité de empresa en los mandatos iniciales de Manuel Soto como alcalde. Culminó su carrera laboral como  jefe de Participación y Atención Ciudadana, puesto desde el que llevó a cabo el enchufe de la allegada de Silva, que él mismo acabó reconociendo al pedir su indulto. «Francisco Javier Gutiérrez Orúe se muestra tremendamente arrepentido de lo que hizo», señalaba su abogado en la petición de gracia que el Gobierno ha ignorado. 

La contratación de la beneficiada por el enchufe en la empresa Imesapi para los trabajos ficticios que motivaron los pagos del Ayuntamiento vigués, fue denunciada por el exalcalde vigués Carlos Príncipe, y la plataforma ciudadana Xuntos por Galicia ejerció la acusación particular en el caso. Tanto la allegada de Silva, como el edil encargado del área del funcionario condenado, Santos Héctor Rodríguez, fueron eximidos de la causa. La familiar de la teniente de alcale, al haber prescrito en su caso el supuesto delito de tráfico de influencias, y el segundo por entender el tribunal que «no resulta suficientemente acreditado su conocimiento efectivo» de la trama de contratación irregular. La sentencia recoge que no consta si el plan en favor de la contratada fue a iniciativa propia del funcionario o «a excitación de terceros, o terceras personas».

El funcionario devolvió la mitad del dinero percibido por la allegada de Silva y unos 8.000 euros más en intereses, aunque el gobierno municipal de Abel Caballero no instó la recuperación del dinero. El gerente de la empresa, sentenciado a 18 meses de prisión, devolvió un monto igual.

 

 


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