El Concello de Vigo subasta fincas edificables para ahorrar gastos de conservación
Vigo
Inicia el expediente de venta de parcelas para viviendas unifamiliares y edificios
02 Jul 2024. Actualizado a las 05:00 h.
El Ayuntamiento de Vigo ha comenzado el proceso para desprenderse de parcelas de su propiedad que son edificables. No son solares en los que esté prevista la construcción de viviendas de protección, por lo que a la administración local no le interesa tenerlas y le suponen unos gastos de mantenimiento. Puede ser una buena oportunidad para conseguir suelo a buen precio en el que poder construir una vivienda, aunque todo dependerá de las pujas se lleven a cabo en el futuro. Cualquier particular o empresa podrá optar a su adquisición. Por una parte hay parcelas edificables para la construcción de viviendas unifamiliares en el rural, pero también dos solares en la calle Areal en los que el Concello tiene participación en el aprovechamiento urbanístico para la construcción de sendos edificios de pisos.
El Concello recibió estas parcelas en años anteriores mediante adjudicación en proyectos de compensación. Corresponden a los distintos aprovechamientos lucrativos que le corresponden al Ayuntamiento en el desarrollo de diferentes ámbitos urbanísticos. El Concello las pone en venta para evitar los costes derivados de su conservación y mantenimiento y promover la construcción de obra nueva.
Parcelas
En primer lugar, el Concello es titular en pleno dominio de seis parcelas en suelo urbano destinadas a la construcción de viviendas unifamiliares que no se encuentran sometidas a ningún régimen de protección. Tres de estos solares están situados en el PERI U.A. de San Andrés de Comesaña. Dos se encuentran Camiño Pedra Branca y la otra en el Camiño Castro. Estos solares se encuentran bajo el amparo normativo del PXOM del 93 y están clasificados como suelo urbano consolidado, es decir, son de licencia directa.
Las otras tres están en Penís de Arriba, en Cabral, y tienen 180 metros cuadrados cada una. En este caso están dentro de un suelo urbano no consolidado para edificaciones familiares. Saldrán a subasta mediante el procedimiento de puja pública por lotes.
Por otra parte, dispone del 5,22 % del aprovechamiento urbanístico de otra parcela en la calle Salgado, en Penís de Arriba. Procederá a su enajenación mediante un concurso público.
El Ayuntamiento también venderá el aprovechamiento urbanístico que le corresponde en otras parcelas. En la finca que ocupa el número 25 de la calle Viveiro cuenta con el 66,47 %% del aprovechamiento urbanístico en proindiviso. Esto significa que comparte la propiedad y los derechos de desarrollo de la parcela con otros propietarios, si bien es el mayoritario. El Concello ha decidido enajenar su participación en la parcela, por lo que el comprador adquirirá esa proporción de derechos y se convertirá en copropietario junto con los demás titulares de la parcela.
Hay otros dos terrenos edificables en el centro urbano destinadas a la construcción de edificios de pisos. Uno de ellos es la finca que ocupa el número 110 de la calle Areal. Es la parcela 7 de la U.A.-06 Rosalía de Castro 2, el resultado del proyecto de compensación que fue aprobado definitivamente en 2005, por la cual se otorgó al Concello en proindiviso el 25 % del aprovechamiento urbanístico de la parcela. Al igual que el resto, este solar forma parte del patrimonio municipal de suelo. El consello de la Gerencia de Urbanismo ha acordado iniciar el expediente para proceder a la enajenación del 25 % del aprovechamiento que le corresponde, o bien la compra del 75 % en proindiviso de esta parcela destinada a vivienda colectiva.
El Concello también cuenta con el 60,80 % del aprovechamiento de la parcela que ocupa el número 118 de la calle Areal. Plantea la venta de este aprovechamiento, o del 39,20 % en proindiviso.
Los acuerdos que adoptará hoy el Consello de la Gerencia de Urbanismo se refieren al inicio de los expedientes. La administración local aún no ha fijado ningún precio para la venta o subasta de estas fincas del patrimonio municipal.
El dinero que el Concello recaude por la subasta de las parcelas edificables no lo podrá destinar de forma arbitraria. El uso de estos fondos está reglado la Lei do Solo, si bien permite muchas posibilidades de inversión. Establece, por ejemplo, que podrá destinarse la construcción de viviendas sujetas a algún régimen de protección pública. Otra posibilidad que permite la ley son las actuaciones públicas de interés social y las vinculadas a la propia planificación y gestión urbanística. Se refiere, especialmente, al pago, en especie, mediante permuta de los terrenos destinados a sistemas generales y locales de dotaciones públicas o a gastos de realojo y retorno y pago de indemnizaciones o justiprecios por actuaciones urbanísticas.
El Concello también puede invertir lo que ingrese en las subastas en la conservación y mejora del medio ambiente, del medio rural o del patrimonio cultural, la creación de suelo para el ejercicio de actividades empresariales compatibles con el desarrollo sostenible o la conservación, gestión y ampliación del propio patrimonio público de suelo, según consta en el expediente municipal.