La Voz de Galicia

El misterio de un feto con herpes concebido «in vitro»

Vigo

e. v. pita vigo / la voz

Una pareja reclamó 120.000 euros al Sergas por infectar su embrión en el laboratorio pero la Justicia sospecha de un contagio «natural»

16 Mar 2025. Actualizado a las 10:36 h.

Una pareja que recurrió a la inseminación artificial reclamó 120.000 euros al Sergas y a dos hospitales de Vigo por un supuesto error en el manejo de embriones en el laboratorio durante el proceso de fecundación in vitro. Acusaron al Sergas de haber producido una infección por virus herpes que obligó a interrumpir el embarazo y perder el feto en la semana 16+2 (al cuarto mes y dos días). Sospechaban del laboratorio porque ninguno de ellos estaba infectado y pidieron sin éxito que se hiciese una prueba al embrión sobrante para demostrar el contagio.

Su reclamación de indemnización fue desestimada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Vigo en el 2023 y en el mismo sentido se pronuncia ahora la tercera sección de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), en una sentencia del 24 de enero de este año. El tribunal razona que si hubiese sido como la pareja dice el embrión nunca habría sido viable ni aparecido primero en la placenta. Sospechan que la madre tenía el virus latente o tuvo contacto con una tercera persona que la contagió. Aunque la sala no resuelve el misterio, sí descarta un error en el laboratorio.

La pareja presentó al demanda contra el Sergas y su aseguradora y, como demandado, el Hospital Povisa, que es concertado, por la asistencia en el Chuvi y el Hospital Álvaro Cunqueiro en su gestación por la fecundación in vitro por la Unidad de Fertilidad. Vieron una infracción de la lex artis (correcta práctica médica).

El virus fue detectado cuando la recurrente se sometió a una punción folicular guiada por ecografía en la Unidad de Fertilidad del Chuvi. Tras un embarazo con múltiples complicaciones por hemorragias, se le realiza una amniocentesis para obtener y analizar una muestra de líquido amniótico. Fue entonces cuando los facultativos hicieron una PCR y detectaron el virus herpes simple de tipo 2 (VHS-2) y posibles malformaciones que podía tener el feto. Dado que los progenitores no estaban infectados del virus lo atribuyeron a un error del laboratorio al manejar el embrión.

El tribunal se basa en los informes periciales para concluir que es «sumamente improbable» que fuese infectado en el laboratorio porque se habrían presentado malformaciones desde el principio. Si hubiese sido infectado en ese momento inicial ni siquiera habría fecundado. Fue en la semana 16+2 cuando se vio una anomalía en la placenta que no estaba presente en las anteriores ecografías. Otro dato que tiene en cuenta el tribunal es que una PCR detectó el virus en el líquido amiótico «sin que en la literatura española haya constancia de ningún caso en el que un embrión se contagiase con el semen de otro donante».

 

Los peritos lo descartan

El tribunal añade que está confirmado el contacto de la paciente con el virus. Recalca que ninguna de las explicaciones para la infección del feto concluye en una que se produjera antes de la implantación del embrión. Propone como alternativas «la más probable» que es la reactivación de una infección que estaba latente por parte de la paciente, una desapercibida por los pacientes o un contacto sexual con una tercera persona infectada.

Subraya las palabras de un perito traído por el Sergas que indicó que «en toda la bibliografía mundial no hay un solo caso de transmisión del virus herpes simple tipo 2 durante la manipulación de embriones». Este añadió que la transmisión de un virus herpes simple (HSV) ocurre solo por un contacto directo «célula a célula». En ese sentido, apuntó el perito, requiere un contacto directo e íntimo de persona a persona. En el caso del VHS-2, como el hallado en la placenta, este se transmite principalmente por las relaciones sexuales.

Otra cuestión clave que adelantó el perito es que cuando el embrión estuvo en el laboratorio de fecundación in vitro, cuando tenía 3 días de vida no existían tejidos (como células epiteliales o nerviosas) que el virus necesitaría atacar para multiplicarse. Y recalcó que si la infección hubiera ocurrido en etapas muy tempranas, con mucha probabilidad hubiese provocado un aborto (muerte embrionaria) o graves malformaciones del feto, y estas habrían aparecido antes que las de la placenta, que fue la vía de entrada del virus. El TSXG recuerda que la madre se negó a hacer la necropsia al feto.

Otro perito no vio la más mínima relación para establecer un nexo causal entre la reclamación y la asistencia prestada por los Servicios de Ginecología, Medicina Interna y todo el personal que la ha atendido.

La sala concluye que la asistencia prestada a la paciente fue correcta y la infección del virus «no es consecuencia de una actuación negligente por parte del servicio de salud». La sentencia no es firme y cabe recurso.


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