Condenan al SEPE a indemnizar con 15.000 euros a una empleada del hogar por obligarla a pleitear para cobrar el paro y el subsidio de mayores de 52 años
Vigo
El bufete Zeres Abogados de Vigo logra una sentencia pionera para las trabajadoras del hogar en la que el Servicio Público de Empleo Estatal debe compensar a la demandante por daños y perjuicios
17 Mar 2025. Actualizado a las 23:42 h.
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha sido condenado a indemnizar con 15.000 euros a una empleada del hogar de Vigo por daños morales y perjuicios porque la Administración le obligó a ir juicio para reclamar derechos, entre ellos el paro y el subsidio para mayores de 52 años, generando una demora en conseguir sus prestaciones. Una sentencia señala que vulneró el derecho fundamental a no ser discriminada por razón de sexo y condena al SEPE a indemnizar a la «kelly» viguesa con 15.000 euros para compensar los perjuicios sufridos como consecuencia de la discriminación.
Según Javier de Cominges, de Zeres Abogados, la sentencia es «pionera» porque concede una indemnización por primera vez a una empleada del hogar por daños y perjuicios y, además, por una gran cuantía y ya en primera instancia.
El Juzgado de lo Social número 2 de Vigo ha dictado la sentencia el 13 de marzo, la cual puede ser recurrida.
El juez establece que, a partir de una sentencia del Tribunal de Justicia de la UE, del 24 de febrero del 2022, el SEPE estaba obligado a reconocer el derecho, incluso sin cotización previa, a las empleadas del hogar por ser un colectivo que estaba discriminado. A ello se sumó un real decreto del 2022 que establecía la mejora de las condiciones de trabajo para las personas trabajadoras al servicio del hogar familiar. Son normativas que intentan evitar el desamparo de este colectivo.
El conflicto se produce porque la empleada del hogar, tras ser despedida por desistimiento de su empleador, solicitó en el 2024 el subsidio por desempleo y el SEPE se lo denegó «sin justificación legal alguna» pues había legislación suficiente para aplicarla en beneficio de la solicitante. «No es necesario especificar que nos encontramos ante una discriminación indirecta por razón de sexo, con un doble marchamo, con el subsidio mismo y en la obligación de litigar para conseguirla, cuando ha se había reconocido en vía judicial la prestación por desempleo», afirma el magistrado.
La empleada del hogar había conseguido recientemente una indemnización de 1.800 euros en un juicio anterior pero se la concedió recientemente el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) al equipararla con el complemento de maternidad a los jubilados por la demora en obtener la compensación.
En la presente sentencia, el juez recalca que el SEPE denegó el subsidio completo y a sabiendas de que ella carecía de rentas. Dado que no hay un subsidio previo conocido, el juez cree que «hay un daño moral por la zozobra e incertidumbre de no obtener respuesta adecuada de nuestro Estado de Derecho ante una situación de carencia de rentas, y un daño patrimonial claro, consistente, precisamente, en la falta de ingresos». Por ello estima adecuada la indemnización de 15.000 euros.