El Concello de Carnota elimina un plus a un trabajador y la Justicia le obliga a pagarle unos 12.000 euros

Marta Gómez Regenjo
M. Gómez RIBEIRA / LA VOZ

CARNOTA

Imagen de archivo de la casa del Concello de Carnota.
Imagen de archivo de la casa del Concello de Carnota. CEDIDA

El TSXG considera que se vulneró el derecho a la libertad sindical del denunciante, que es el presidente del comité de empresa

22 oct 2024 . Actualizado a las 15:12 h.

El Concello de Carnota ha recibido un revés judicial al ratificar el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) la sentencia dictada en su día por el Juzgado de lo Social número 2 de Santiago. Es más, además de tener que abonar con carácter retroactivo el plus de productividad de 300 euros retirado a un trabajador municipal e indemnizarlo con 7.501 euros, la institución también tendrá que hacer frente al pago de las costas. En total, son cerca de 12.000 euros los que tendrá que desembolsar el Ayuntamiento por, tal y como recoge la sentencia, vulnerar el derecho a la libertad sindical del denunciante, que es el presidente del comité de empresa.

Los hechos se remontan a octubre del 2023, cuando el afectado dejó de percibir el plus de productividad que venía percibiendo desde el 2017. El Concello carnotano alegó que la decisión de eliminar dicho plus fue justificada y que como empleador tiene la facultad de modificar las condiciones laborales de los trabajadores por razones organizativas, técnicas o de productividad. Ante esto, el tribunal aclara que cualquier variación sustancial debe ser notificada al afectado e incluir las razones que justifiquen tal decisión para evitar dejar al operario en una situación de indefensión. Sin embargo, en este caso, la sentencia determina que no existe documentación que justifique la asignación y posterior retirada del plus.

Coincidencia temporal

Por otra parte, el TSXG señala que la constitución de la mesa electoral para los comicios sindicales, en los que el denunciante se postulaba como candidato a presidir el comité de empresa, tiene una «directa inmediación temporal con la decisión empresarial de suprimirle por la vía de los hechos el plus retributivo, al dejar de abonar el correspondiente a ese mismo mes de octubre». Si a ello se suma, prosigue el fallo, que no se ha constatado «la existencia de una causa razonable alguna que justifique la supresión, no cabe sino concluir que el Ayuntamiento ha vulnerado el derecho fundamental a la libertad sindical», tal y como reconocía la sentencia inicial.

Por tanto, condena al Concello a restituir el abono del plus de 300 euros con carácter retroactivo desde octubre del 2023 y al abono de 7.501 euros de indemnización por daños y perjuicios. Le impone además el pago de las costas, que cifra en 750 euros.

La sentencia ha sido recibida con satisfacción por el comité de empresa del Concello de Carnota, tras la demanda de su presidente, elegido por primera vez en el 2019, al ver «modificadas substancialmente as súas condicións de traballo por decisión do alcalde, sen previa comunicación, coincidindo coas eleccións sindicais».