Una empresa de Noia denuncia a una clienta por una deuda de 28.774 euros y acaba condenada a pagar 3.381

Christopher Rodríguez
Ch. Rodríguez RIBEIRA / LA VOZ

NOIA

La sección sexta de la Audiencia Provincial tiene su sede en Santiago.
La sección sexta de la Audiencia Provincial tiene su sede en Santiago. PACO RODRÍGUEZ

La firma reclamó alegando que no existía relación entre los defectos de obra reclamados por la mujer y los trabajos que se llevaron a cabo

28 feb 2024 . Actualizado a las 11:41 h.

Una empresa de Noia deberá pagar 3.881 euros a una clienta a la que denunció por una presunta deuda. El pleito, que se inició en el juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Padrón, llegó a la sección sexta de la Audiencia Provincial después de que la firma presentase un recurso de apelación contra el fallo.

El proceso judicial comenzó cuando la empresa denunció a una mujer asegurando que no le había pagado una obra en una de sus propiedades cuyo montante ascendía hasta los 28.774 euros. Cuando se le notificó la demanda, la clienta interpuso otra contra la firma, reclamando que le abonase una compensación debido a que, a su juicio, la intervención fue defectuosa y tuvo que abonar de su propio bolsillo los gastos para arreglar las deficiencias.

El juzgado de instancia emitió una resolución salomónica en la que acogió ambas denuncias. Por esto, condenó a la mujer a pagar los 28.774 euros a la empresa, mientras que dictó que la compañía debería abonar 32.655, quedándose la diferencia en 3.881 para la clienta.

A continuación la empresa noiesa presentó un recurso ante la Audiencia Provincial alegando que no existía relación entre los defectos de obra denunciados y los trabajos que se llevaron a cabo.

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Implicación de otra firma

En el veredicto se tuvo en cuenta la implicación de una tercera empresa en los trabajos. Sin embargo, tal y como se señala en la sentencia, dicha firma era de decoración y no quedó acreditado que su intervención fuese la causante de los desperfectos. También se tuvo en cuenta una valoración pericial. En el informe se reflejaron problemas en la compactación del hormigón, lo que derivó en fisuras. Además, el perito, contratado por la empresa, reconoció la existencia de un «pequeño desnivel» y problemas con el suelo.

En la apelación se cuestionó el valor y la cuantificación de los daños, pidiendo que se retiraran ciertos costes de colocación de muebles que su clienta decidió abonar pese a las presuntas deficiencias. La Audiencia terminó desoyendo las alegaciones y confirmando el primer fallo.