Orinar en la calle tiene delito

A CORUÑA

19 ago 2009 . Actualizado a las 13:38 h.

La Concejalía de Medio Ambiente abrió en lo que va de año 39 expedientes sancionadores a personas que mearon o escupieron en la calle. El año pasado se notificaron y se sancionaron por este mismo motivo a 195 personas. Según explican responsables de este departamento, la mayor parte de los multados son hombres jóvenes, aunque aclaran que también hay bastantes mujeres.

En cuanto a las principales zonas en las que se incumple la ordenanza de limpieza viaria, desde la Concejalía de Medio Ambiente indican que casi siempre coincide con las zonas de copas o sus aledaños. En este momento, el punto más conflictivo es Alférez Provisional, donde está el epicentro del botellón, y las calles próximas al Orzán. Hasta la puesta en marcha de la ordenanza antibotellón, las calles próximas a la plaza del Humor (Florida, Franja...) también se hacían intransitables debido al olor a orines, algo que más o menos ya se ha erradicado.

El servicio de limpieza viaria municipal, además de hacer trabajo doble los fines de semana para recoger los restos del botellón y de la marcha nocturna, también deben utilizar máquinas especiales con agua a presión para hacer desaparecer los olores desagradables. En el caso de los jardines, la tarea es más complicada y los orines llegan a quemar o estropear el terreno.

Aunque es el departamento de Medio Ambiente el que se encarga de gestionar los expedientes y notificarlos, son los agentes de la Policía Local los que tienen la competencia para sancionar al infractor. Y lo hacen conforme al artículo 74 g) de la Ordenanza Municipal de Gestión de Residuos Municipales y Limpieza Viaria, que prohíbe expresamente «satisfacer las necesidades fisiológicas o escupir en la vía pública». Aunque los autores de las infracciones tienen la posibilidad de presentar alegaciones, las notificaciones suelen llegar con multas que habitualmente no bajan de los 120 euros. Incluso, por si hubiera dudas, se les indica a los receptores dónde ingresar el dinero: en la caja municipal del número 20 de la calle de la Franja, con un plazo que normalmente llega a los dos meses. La infracción del artículo 74 g) está tipificada como leve y, por ello, las multas pueden llegar hasta los 750 euros. Para otras infracciones graves se imponen multas de entre 751 a 1.500 euros y, para las muy graves, llegan hasta los 3.000 euros.

Sacudir alfombras

Esa misma ordenanza municipal prohíbe, entre otras cuestiones, depositar, arrojar o abandonar cualquier clase de producto en la vía pública que pueda alterar las condiciones de limpieza en la ciudad. También se destierran costumbres hasta ahora bastante habituales como la limpieza o sacudida de alfombras y otras prendas desde ventanas, balcones o terrazas, así como el lavado y limpieza de vehículos en la vía pública.