Absuelven a una placera de vender prendas falsas

Dolores Vázquez A CORUÑA / LA VOZ

A CORUÑA

La sentencia recoge que no cabía confusión para el comprador ni perjuicio para las marcas copiadas

04 mar 2011 . Actualizado a las 06:00 h.

Una placera del mercado de Santa Lucía acaba de ser absuelta, tal como solicitaba su defensa, por vender ropas falsas de distintas marcas, como Tommy Hilfiger, Burberry, Levi Strauss, Ralph Lauren, Puma o Quicksilver, por entender que no había engaño para los compradores. La magistrada del Penal 5 da como hechos probados que en abril del 2005 la Policía Nacional incautó en su puesto de 409 prendas supuestamente de marca, pero que no eran artículos genuinos y no estaban autorizados. Sin embargo, remarca que «no son susceptibles de inducir a error al consumidor». En el juicio, la acusada reconoció «que sabía que la ropa que vendía era falsa y de mala calidad, pero la gente que la compraba era consciente de ello» y que adquiría las prendas a gente que se las ofrecía y sin que existieran facturas.

La magistrada explica que en la absolución mantiene el principio, seguido también en sentencias por pequeñas cantidad de droga intervenida o casos de top manta, de «insignificancia» del material incautado y atendiendo a que no existe posibilidad de confusión para el consumidor de que adquiere un producto no autorizado oficialmente.

Asimismo, estima que no resulta acreditado que este tipo de comercio suponga una pérdida de ganancia par las marcas. «Las marcas copiadas, según enseña de experiencia cotidiana, tienen un valor medio-alto, y según esa misma experiencia, no parece muy creíble que quien tiene poder adquisitivo para la compra del producto original prefiera hacerlo en un mercado a sabiendas de que es falso, para gastar menos dinero, por lo que el perjuicio para la marca tampoco resulta producido por la mera existencia y compra de estos productos que suponen una notoria imitación».

Con esta absolución, la placera, defendida por el letrado Diego Reboredo, del despacho de Ramón Sierra, evitó una pena que en el caso de que se atendiera la petición del fiscal era de 15 meses de prisión y más de 30.000 euros de indemnización.