
El TSXG rechaza la reclamación de 350.000 euros interpuesta por el afectado contra el Ayuntamiento de A Coruña
12 ago 2015 . Actualizado a las 05:00 h.En la noche de San Juan del 2010 en A Coruña la mala suerte se cebó con Fernando Gómez, un joven de Cariño que entonces tenía 27 y que, como tantos, se había acercado a A Coruña para pasar con los amigos una velada especial, disfrutando de la fiesta en la playa. En eso estaba hasta que un mal paso cuando bajaba por una rampa hacia la playa de las Amorosas hizo que perdiera el equilibrio y que se precipitara sobre las rocas desde una altura de unos 15 metros.
El joven sobrevivió, pero quedó malherido y con graves secuelas de aquel accidente, tras el cual interpuso una reclamación primero, y una demanda después, contra el Ayuntamiento de A Coruña por no señalizar adecuadamente la zona y por no advertir del riesgo en el entorno del paseo para evitar que las personas pudieran despeñarse. Tras varios recursos, el TSXG desestimó finalmente la reclamación de 350.000 euros y exoneró de culpabilidad al consistorio coruñés.
Responsabilidad
El recurso del afectado especifica que el joven, tras pasar con sus amigos varias horas en la fiesta, se puso a caminar con ellos por el paseo «y al ver una hoguera con chiringuito con bebidas en la playa de las Amorosas accedieron al lugar por una rampa hacia la explanada próxima, pero dada la iluminación deficiente y la falta de señalización del acantilado se propició el fatal desenlace».
El fallo judicial establece que «el afectado antes de la caída tenía la condición de joven en pleno vigor y estado de salud, sin condiciones menoscabadas de visión, deambulación o padecimientos que entorpeciesen o dificultasen la percepción de la rampa de acceso a la playa, ello con la salvedad de las circunstancias personales generadas de cansancio, somnolencia o similares que pudiera experimentar por lo avanzado de la hora y lo prolongado de la diversión, según sus manifestaciones». El juez recuerda que salió de esa explanada por su propia voluntad a una hora, las cuatro de la mañana, «que llevaba a extremar al máximo la diligencia y avanzar con tiento por tal paraje».
El magistrado considera también que si bien las Administraciones sí deben velar por la señalización y protección para alertar sobre golpes de mar, desprendimientos, hundimientos o peligros de caídas en lugares donde un ciudadano puede verse sorprendido, «otra cosa muy distinta es que ambas administraciones -el Ayuntamiento y Costas- tengan que proceder a señalizar, vallar, iluminar y marcar todo el perímetro costero, resultado excesivo y desproporcionado imponer tales medidas».
Por todo ello, el TSXG concluye que «la responsabilidad del propio afectado es exclusiva ya que la mínima diligencia, atención y evitación del riesgo debía llevarle a percatarse del peligro y no aproximarse de forma imprudente o temeraria, en horas nocturnas, hacia un lugar donde la caída hacia el mar cuajado de rocas era un riesgo serio».
Al infortunado joven lo localizó ya por la mañana otra vecina de A Coruña. Tenía la cabeza en el agua, el cuerpo lleno de traumatismos, una gran brecha en la cabeza y le sangraba un oído. De aquel lamentable suceso exoneran ahora los jueces al consistorio. La mala suerte convirtió la fiesta en una tragedia.