Envían a prisión el dueño de la empresa de Cambre donde se encontró el mayor alijo de cocaína de la historia de Galicia

CAMBRE

ANGEL MANSO

Un juzgado puso en libertad al propietario de la nave donde se hallaron 7,2 toneladas días después de la operación, la Fiscalía recurrió y la Audiencia Provincial decretó su ingreso en la cárcel

15 feb 2024 . Actualizado a las 18:57 h.

El propietario de la empresa de Cambre donde se encontraron el pasado 5 de diciembre 7,2 toneladas de cocaína, el mayor alijo de la historia de Galicia, entró hoy en la cárcel. Ya había sido detenido días después del hallazgo, pero el juez lo puso en libertad. La Fiscalía recurrió la decisión ante la sección primera de la Audiencia Provincial de A Coruña, que decretó su ingreso en prisión provisional, comunicada y sin fianza.

Entre el descubrimiento del alijo y el arresto del empresario coruñés Bautista Suárez Pérez pasó casi una semana. Cuando los agentes entraron en su nave del polígono del Espíritu Santo y se encontraron con tal cantidad de droga, su propietario se encontraba de viaje de placer con su novia en México. Nada más bajar del avión en Madrid fue arrestado y puesto a disposición judicial. El dueño de Mare Azzurro fue puesto en libertad, así como los otros tres detenidos en la operación.

La empresa se dedicada al comercio de pescado congelado e incrementó sus ventas el pasado año en casi un 38 %. Su administrador único cuenta además con otras tres sociedades con el mismo domicilio dedicadas a la elaboración y transporte de pescado. La policía sabía que el cargamento, en un contenedor, había llegado al puerto de Vigo. Lo siguieron para saber su destino y acabó en esa empresa de Cambre.

Casi mes y medio después, la sección primera de la Audiencia Provincial de A Coruña decretó su ingreso en prisión. El alto órgano judicial estimó el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Fiscal contra el auto de fecha 21 de diciembre de 2023 dictado por el Juzgado de Instrucción Número 5 de A Coruña, que decretó la puesta en libertad del detenido. Además, ha ordenado que se mantengan las medidas cautelares consistentes en retirada del pasaporte y prohibición de expedición de uno nuevo.

El tribunal explica en el auto que los indicios que se derivan de lo actuado hasta el momento durante la instrucción de la causa permiten afirmar, «aparte de la gravedad y trascendencia que han tenido los hechos», que nos encontramos «ante un delito contra la salud pública que tiene señalada pena de prisión que podría alcanzar los doce años». Por ello, concluye que concurre el primer presupuesto del artículo 503.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para decretar la prisión provisional: que haya constancia de la existencia de uno o varios hechos que presenten caracteres de delito sancionado con pena igual o superior a los dos años de prisión.

Además, los magistrados destacan que se trata del administrador único de la empresa destinataria de la droga, por lo que afirman que existen indicios de su presunta responsabilidad criminal en los hechos, al tiempo que señalan que también han tenido en cuenta, a la hora de adoptar la medida cautelar, el riesgo de fuga. De esta forma, argumentan que dicho riesgo está presente «dada la gravedad de la pena que se puede imponer». Además, subrayan que el investigado «cuenta con medios para facilitar su huida» debido a su capacidad económica y a que cuenta con el apoyo de personas que se la podrían facilitar. Los jueces también añaden que «existen indicios de que el investigado es integrante de una organización internacional dedicada al tráfico de sustancias».

La resolución de la Audiencia es firme, pues contra ella no cabe interponer recurso. El investigado ingresó hoy en prisión.