La Justicia obliga a García de Paredes a devolver los 5,6 millones de su finiquito

Ana Balseiro
Ana Balseiro MADRID / LA VOZ

A CORUÑA CIUDAD

benito ordoñez

La defensa del exdirector general adjunto de Novacaixagalicia apelará la sentencia

25 mar 2017 . Actualizado a las 01:08 h.

El Juzgado de lo Social número 3 de A Coruña, en una sentencia fechada el 22 de marzo pero conocida este viernes, declara nulo el contrato que el exdirector general adjunto de Novacaixagalicia, Javier García de Paredes, firmó en diciembre del 2010. El que posibilitó que a su salida a la entidad, en septiembre del año siguiente y ya convertida en NCG Banco, percibiese un finiquito de casi 5,6 millones de euros. Así, la jueza, Ana Rodríguez Piorno, obliga a García de Paredes a devolver la indemnización completa a NCG Banco (actualmente Abanca), que junto con el FROB, propietario en su momento de la entidad nacionalizada, presentó la demanda en septiembre del 2013.

Por su parte, la defensa del exdirectivo manifestó este viernes su «total descuerdo» con el fallo, que apelará ante el Tribunal Superior de Xusticia de Galicia (TSXG). Considera que la sentencia contiene consideraciones que no son ciertas y que dice «exactamente lo contrario» de lo que declararon los testigos en juicio. Concretamente se refieren a que Mauro Varela y Salvador Fernández Moreda, expresidente y exvicepresidente de Caixa Galicia, respectivamente, sostuvieron que con la fusión con Caixanova se acordó equiparar los contratos de los altos directivos, y que la modificación del de García de Paredes era conocida y fue aprobada por los órganos de dirección de la entidad .

Sin embargo, la magistrada considera que «se sustituyeron dos hojas del contrato de 30 de diciembre del 2010 [las referentes a las consecuencias del desestimiento de este por parte del directivo] y no se informó de ese cambio a la comisión de retribuciones y nombramientos ni al consejo de administración». Entiende la jueza que «son palmarias» tanto «la falsedad de la causa del contrato» como «el dolo y el error» al que se vieron abocadas la citada comisión y el consejo, que confiaban en que «el contrato estaba firmado desde el 30 de diciembre del 2010».

La sentencia también insiste, a lo largo de sus 56 folios, en que el ex directivo abandonó voluntariamente la entidad, ya transformadas las cajas fusionadas en NCG Banco y con José María Castellano como presidente. Y que lo hizo acogiéndose a las modificaciones hechas en su contrato para facilitar su desestimiento. La jueza considera que la carta de renuncia de García de Paredes estaba redactada desde el 3 de agosto del 2011 -Novacaixagalicia aún no había mutado en NCG Banco- y no da credibilidad a la versión del acusado, que tacha de «inconsistente».

Obvia que tanto García de Paredes como Castellano y su consejero delegado, César González Bueno, coincidieron en sus declaraciones en que no fue una salida voluntaria, sino que prescindieron de él por un «desencuentro» con González Bueno. «Además de la inconsistencia sustancial de tal planteamiento», asegura la magistrada en su durísimo fallo, lo cierto es que «esa discrepancia tampoco justifica el desistimiento en la condiciones en las que se desarrolló».

El exdirectivo siempre mantuvo su disposición a reintegrar la mitad de la indemnización

Tras su salida del banco, García de Paredes pactó con la dirección de la entidad renunciar y devolver la mitad de la cuantía total de su indemnización, una disposición que reiteró tanto antes como durante el juicio. En la vista oral se recordó que hubo una negociación «formal» entre el exdirectivo y los responsables de NCG Banco para proceder a dicho reintegro, asunto que se llevó al primer consejo de administración de la recién creada entidad para su aprobación. Sin embargo, la devolución no se produjo porque el FROB se opuso, alegando que había que esperar a que se resolviera la causa penal que acababa de abrirse en la Audiencia Nacional por las indemnizaciones millonarias de la antigua cúpula.

De hecho, hay que recordar que García de Paredes fue el único de los exdirectivos imputados en dicho procedimiento penal que fue absuelto, ya que tanto la Fiscalía como las acusaciones retiraron los cargos contra él. Los otros cinco acusados -Julio Fernández Gayoso, José Luis Pego, Gregorio Gorriarán, Óscar Rodríguez Estrada y el asesor externo Ricardo Pradas- están en prisión desde enero.

Sin embargo, la jueza de lo social encargada de juzgar la validez del contrato de García de Paredes sostiene que este «nace ya viciado», porque ni la comisión de retribuciones ni el consejo de administración tenían «pleno y cabal» conocimiento de su contenido ni de sus consecuencias. Y dada su nulidad, no se sostienen las causas para la indemnización.