La Justicia deniega una indemnización que pedía un pub de A Coruña y avala una multa a otro

A CORUÑA CIUDAD

El Studio 54 deberá afrontar una sanción de 12.000 euros por ruidos
05 jul 2023 . Actualizado a las 05:00 h.Dos nuevas sentencias avalan las medidas tomadas por el Ayuntamiento de A Coruña contra dos locales de ocio nocturno de la zona del Orzán que incumplieron la normativa. De esta forma, la Justicia rechazó el recurso del Grietax a la sanción y el precinto que le impuso el Concello y deniega el recurso del pub Studio 54 a una sanción de 12.000 euros interpuesta también por la Administración local.
Así, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 de A Coruña desestimó la apelación hecha por los propietarios del Grietax contra el cese de su actividad decretado en diciembre. Según relata la magistrada, el pub incumplió la ordenanza de ruidos en febrero del 2022, por lo que recibió una multa de 12.000 euros y el cese de su actividad por un año y un día. La Policía Local comunicó al propietario en diciembre de ese año que de no atender la orden de cierre se procedería al precinto inmediato del local, que se levantó el 13 de enero. La representación legal del pub señala que el Ayuntamiento incumple la ley con su actuación, porque entiende que «acordar la suspensión de la ejecutividad de la orden de cese de actividad implica una vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva». Por ello, los propietarios del establecimiento pedían más de 16.000 euros de indemnización.

Al respecto, la jueza razona que «no estamos ante la vulneración del derecho fundamental» y asegura que «los preceptos alegados» por la representación del establecimiento «lo único que acreditan es la cobertura legal» de la acción del Ayuntamiento.
Sanción de 12.000 euros
Por otra parte, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de A Coruña avala una multa de 12.000 euros interpuesta por la Administración local al pub Studio 54 por incumplir la normativa de ruidos. La representación legal del local interpuso una demanda contra el expediente de la sanción solicitando la nulidad del acto. Subsidiariamente, reclamaba rebajar la cuantía de la sanción a 601 euros.
La jueza apunta que en este caso «se valora la importancia del daño causado con numerosas quejas vecinales», pues «se alteró el descanso de un vecino, que fue el que avisó a la Policía Local para que interviniese». Sobre el grado de intencionalidad, apunta que el titular había sido advertido. «Así pues, consta motivación de la imposición de la sanción de multa en su grado máximo, teniendo en cuenta la concurrencia de varias circunstancias agravantes», explica la titular del órgano judicial, que entiende que el responsable tuvo intencionalidad dado que «había un expediente resuelto dos meses antes, en el que se apreció que el sonógrafo-limitador no funcionaba correctamente». «Se justifica, por tanto, la reiteración», culmina la jueza.