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El TSXG declara nulo el despido de los recaudadores y considera que la Axencia Tributaria realizó una «cesión ilegal» a un «empresario ficticio»

La Voz A CORUÑA

A CORUÑA CIUDAD

Fachada del TSXG.
Fachada del TSXG. PACO RODRÍGUEZ

La sala de lo social entiende que la verdadera empleadora es la propia Atriga

23 abr 2025 . Actualizado a las 14:35 h.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha declarado la existencia de una cesión ilegal en la Axencia Tributaria de Galicia (ATRIGA) respecto a los colaboradores de los recaudadores de tributos, pues entiende que el recaudador es un empresario ficticio de la verdadera empleadores (Atriga), por lo que concluye que ha habido un despido colectivo nulo.

En el caso concreto analizado, confirma la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 6 de A Coruña en la que analizó la extinción de las relaciones laborales vinculadas cuando los recaudadores —encargados de la recaudación de impuestos autonómicos y locales por vía ejecutiva forzosa — se jubilan. En la zona de recaudación de A Coruña, tal y como consta en la resolución, había seis trabajadores y, en la de Lugo, cuatro, los cuales están afectados por la jubilación del recaudador que estaba al frente de ambas zonas.

En este caso, la sala examina la situación de uno de los colaboradores de A Coruña y subraya que «el actor ha permanecido dentro del ámbito del poder de dirección de la contratante principal (Xunta), con el recaudador como empresario aparente, y se ha efectuado un despido colectivo, con la consecuencia de la nulidad del mismo». A lo que añade que la Atriga «parte de que existe una normativa autonómica que le permite operar de la manera efectuada, pero olvida no solo la distribución de competencias en materia laboral (artículo 149 CE), sino el artículo 43 del Estatuto de los Trabajadores, que es operativo también al empleo público, pues el hecho de que la empleadora sea la administración pública no le exime de sus obligaciones derivadas de la normativa laboral». 

 Además, la sala de lo Social destaca como datos relevantes que la Consellería de Facenda impone «tanto el local como el letrero que lo anuncia, pasando por el horario de atención al público», al tiempo que recalca que la consellería también determina su plantilla, «sin que el recaudador (empresario aparente) pueda determinar ni el número ni la categoría profesional, solo le corresponde la elección del personal». En tercer lugar, señala además que «la práctica totalidad de los elementos utilizados para la realización de la actividad son propiedad de la administración, de hecho, se recuperaron o reciclaron en cuanto se jubiló el recaudador, y su mantenimiento también se realiza por la administración».