La RFEF recurrirá el fallo, pero se abren tres escenarios entre los que se incluye el reinicio de la Primera Federación con el equipo madrileño
12 nov 2022 . Actualizado a las 20:13 h.El Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) ha dado la razón al Dux Internacional de Madrid en su recurso contra la desinscripción de la Primera Federación (por parte de la RFEF) tras sus incomparecencias por falta de futbolistas y técnicos inscritos para la presente temporada. La federación decidió luego que el Talavera ocupase la plaza del club de Villaviciosa de Odón y que la liga continuase con normalidad.
Pero ahora el TAD anuló la resolución del juez único de la RFEF, que consideró que existía una «imposibilidad de la participación del Dux, una vez finalizado el período de solicitud de licencias establecido en las normas reguladoras de la competición». En su momento, el club madrileño afirmó que le resultaba imposible contar con 18 fichas en la plantilla con un salario mínimo de 20.000 euros y cubrir un presupuesto de al menos un millón de euros.
El tribunal argumenta que «la desinscripción se realizó siguiendo un procedimiento inexistente en la normativa federativa. No se ha seguido el procedimiento legalmente establecido, y ello debe conllevar indefectiblemente a la estimación del recurso, declarando la nulidad de la medida de desinscripción, sin necesidad de entrar a valorar el resto de las alegaciones planteadas en el recurso».
La resolución es definitiva en vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo, con sede en Madrid. La RFEF tiene dos meses para ello, pero emitió una respuesta inmediata en la que anunciaba su recurso. «Hablar de una readmisión u otra situación análoga no pasa de ser una mera especulación», afirma el ente federativo.
La discrepancia podría estar en si se considera la desinscripción como una decisión de organización de la competición (argumento de la federación) o una sanción (posible base del recurso del club). «La RFEF sigue considerando que nos encontramos ante una materia puramente competicional y no disciplinaria, como de hecho el propio Dux pareció entender al recurrir también ante el Consejo Superior de Deportes (CSD) [que ayer no quiso pronunciarse sobre este asunto]. El TAD debió esperar a la decisión del CSD en lugar de adelantarse a ella», dice la federación, que advierte: «En previos asuntos competicionales, la RFEF ya ha obtenido sentencias favorables en los juzgados de lo contencioso-administrativo».
En función del recorrido que pueda tener el recurso se abren varios escenarios, en el caso de que sea admitido. Que el Dux perciba apenas una indemnización, que sea readmitido en Primera Federación para la próxima temporada, o que se detenga la competición actual para reiniciarla.
Para la RFEF, «el TAD no ha seguido su propia doctrina, considerando válidos los procedimientos seguidos por las federaciones cuando se respetan los principios de contradicción y derecho de defensa. Además, manifiesta con su decisión que resulta preferible una competición con menos equipos de los regulados, antes que preservar uno el principio esencial de favorecer la integridad de la competición».
En su fallo, según recoge iusport, el TAD incide en que «la pérdida del derecho a participar en la competición se produce, en todo caso, por no ejercitar el derecho a lo largo de la temporada». El juez único de la RFEF expuso en septiembre que «el Reglamento General sí contempla el supuesto de que un club inscrito no ejercite los derechos inherentes a la misma».