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El Tribunal Superior de Cataluña absuelve a Dani Alves del delito de agresión sexual por el que fue condenado

Melchor Sáiz-Pardo COLPISA

DEPORTES

Dani Alves salía de la cárcel tras pagar un millón de euros de fianza. El exfutbolista abandonó en marzo la prisión de Brians 2, en la que llevaba catorce meses, un mes después de haber sido condenado por violación.
Dani Alves salía de la cárcel tras pagar un millón de euros de fianza. El exfutbolista abandonó en marzo la prisión de Brians 2, en la que llevaba catorce meses, un mes después de haber sido condenado por violación. Nacho Doce | REUTERS

La sentencia señala una falta de fiabilidad en el testimonio de la denunciante e «insuficiencias probatorias» sobre lo sucedido en el baño de la discoteca Sutton de Barcelona en diciembre del 2022

28 mar 2025 . Actualizado a las 23:06 h.

La Sección de Apelaciones del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha revocado por unanimidad la sentencia que condenó al exjugador del FC Barcelona, Dani Alves, a 4 años y 6 meses de prisión por la agresión sexual a una joven en la discoteca Sutton en diciembre del 2022. Los magistrados zanjan que el testimonio de la presunta víctima es «inconsistente». Reprochan además a la Audiencia Provincial de Barcelona que llegara a un fallo condenatorio contra el jugador cuando buena parte del relato de la chica se demostró que «no era fiable».

En el auto, el tribunal estima por unanimidad el recurso presentado por la defensa del futbolista y desestima los de la Fiscalía, que pedía elevar la pena a los 9 años de prisión, y de la acusación particular, que pedía subirla hasta los 12 años.

La sentencia, que ha sido notificada este viernes, señala una falta de fiabilidad en el testimonio de la denunciante y considera que las pruebas practicadas en el juicio no permiten «superar los estándares que exige la presunción de inocencia». Así, dictan una resolución absolutoria y dejan sin efecto las medidas cautelares adoptadas.

El pleno de la Sección de Apelaciones -integrado por las magistradas María Àngels Vivas (ponente), Roser Bach y María Jesús Manzano y por el magistrado Manuel Álvarez- llega a afear a la Audiencia Provincial que llegara a la condena del jugador a pesar de los «vacíos, imprecisiones, inconsistencias y contradicciones sobre los hechos» que se vieron en la vista oral. El TSJ recuerda que en la propia sentencia condenatoria de primera instancia ya se aludía a la falta de fiabilidad del testimonio de la denunciante, hasta el punto de que aquel fallo ya indicaba de «forma explícita» que lo que «relataba» la víctima «no se correspondía con la realidad», al menos en lo relativo a lo que habían grabado las cámaras. Y sin embargo la sentencia anulada «aceptó el resto de la declaración» - referida a la penetración vaginal inconsentida en el interior del baño de la discoteca- «eludiendo el contraste de esta con otras pruebas, entre ellas la pericial dactiloscópica y la biológica de ADN».

«Salto argumental»

Para los magistrados del Superior es inaceptable el «salto argumental» de la Audiencia Provincial al creerse la versión de la «penetración vaginal» no consentida de la supuesta víctima, cuando esta «ha resultado ser una testigo no fiable» pues «otras de sus muchas afirmaciones no se han verificado». «De la prueba practicada, no se puede concluir que se hayan superado los estándares que exige la presunción de inocencia», afirma con rotundidad la sala, que precisa que este varapalo a la credibilidad de la víctima no es por sí mismo un aval de la que la versión de Alves sea la cierta al 100%.

Argumenta la Sección de Apelaciones que no es suficiente que el tribunal que condenó a Alves en primera instancia hiciera una «invocación genérica» de que la denunciante pudo «cambiar de opinión» (al arrepentirse de entrar en el baño con Alves) para desdeñar las contradicciones con las grabaciones de seguridad que presentaba su versión. Esta argumentación -recuerda la sala- «no convierte ni muta lo infiable en fiable». Por ello, abundan los magistrados, la sentencia ahora revocada «presenta déficits valorativos muy relevantes», sobre todo porque la Audiencia Provincial no «extremó las cautelas para confrontar los contenidos que arroja la actividad probatoria».

Los integrantes de la Sección de Apelaciones hacen hincapié en que con las contradicciones de la supuesta víctima la Audiencia de Barcelona no podía dar por quebrada la presunción de inocencia del futbolista. «Lo explicado por la denunciante difiere notablemente de lo acontecido según el examen del episodio grabado», afirma el fallo. Así las cosas, sostienen los magistrados, «el examen de lo que no está registrado, tiene que ser particularmente riguroso y estricto conforme a las exigencias de la presunción de inocencia para dar por acreditada la hipótesis acusatoria». Y en este punto, «la divergencia entre lo relatado por la denunciante y lo realmente sucedido compromete gravemente la fiabilidad de su relato».

El futbolista estuvo 14 meses en prisión preventiva y había sido condenado a cuatro años y medio de cárcel, cinco de libertad vigilada y nueve de alejamiento de la víctima, a la que debería indemnizar con 150.000 euros. Se encontraba en libertad provisional desde el 25 de marzo del 2024 y tras pagar una fianza de un millón de euros.

La abogada de Dani Alves, Inés Guardiola, ha celebrado la absolución del exfutbolista: «Por fin se ha hecho justicia». «Estoy con Dani Alves. Estamos muy felices. Es inocente. Se ha demostrado. La justicia ya ha hablado», ha dicho en una entrevista en Rac1 recogida por Europa Press, en donde ha explicado que tanto ella como Alves esperaban la absolución. Ha afirmado que aún no se ha podido leer la «extensa» sentencia y sabe que no es firme. Preguntada por si tiene previsto pedir alguna indemnización, ha expresado que aún no puede decirlo.

Así fue el juicio contra Alves

Dani Alves fue juzgado en febrero del 2024. Durante los tres días que duró el juicio, el tribunal escuchó a una veintena de testigos, además de a los protagonistas: desde la prima y la amiga de la denunciante, con las que estaba aquella noche de fiesta, pasando por los trabajadores de la discoteca que activaron el protocolo de agresiones sexuales o los Mossos d'Esquadra que la atendieron en el lugar, hasta la mujer del futbolista, Joana Sanz.

Alves, que acabó llorando en su declaración, intervino en el último turno del juicio. Negó la agresión sexual e insistió en que las relaciones sexuales que mantuvo con la denunciante en el baño del reservado de la discoteca Sutton fueron consentidas. También admitió que aquella noche había bebido mucho, intentó justificar los cambios en sus versiones respecto a lo ocurrido durante la fase de instrucción —Alves llegó a dar hasta 5 versiones diferentes desde que estalló el caso—, y dijo que estaba arruinado por culpa de la causa penal. «No le pegué, no soy un hombre violento», afirmó. «Los dos estábamos disfrutando», reiteró. Según dijo, la joven en ningún momento le dijo que parara.

La defensa del deportista brasileño decidió jugar la baza del atenuante por razón de estado de embriaguez, con el que esperaban rebajar la pena. Hasta cinco testimonios ratificaron en el juicio la versión de que Dani Alves iba ebrio aquella noche: tres amigos, un empleado de la discoteca y su mujer, la modelo Joana Sanz.

La víctima, por su parte, mantuvo ante la Audiencia de Barcelona el relato que defendió a lo largo de la instrucción de la causa: Alves la agredió sexualmente, con violencia y una actitud despectiva en el estrecho baño del reservado de la discoteca Sutton. 

También comparecieron más de una decena de agentes de los Mossos d'Esquadra: todos reiteraron la versión de que la denunciante fue violada. Explicaron que la víctima dudó en denunciar al futbolista porque «tenía miedo a que se hiciese público su nombre y se creía que era ella la culpable de todo lo sucedido». También aclararon que las imágenes de las cámaras de seguridad de la discoteca, que registraron los momentos previos y los posteriores a que Dani Alves y la denunciante entraran en el baño del reservado, «corroboran» la denuncia de la joven.

La absolución de Dani Alves «supone un retroceso en la lucha contra las violencias sexuales», asegura la abogada de la víctima

Expuso que jurídicamente tienen que recurrir, pero que tendrán en cuenta el estado emocional de la chica: «Ha sentido como si volviera al cuarto de baño en el que se produjeron los hechos»

 

La abogada de la víctima de Dani Alves, Ester García, ha asegurado que la sentencia absolutoria «supone un retroceso tanto a nivel jurídico como social en la lucha contra las violencias sexuales» y que puede desincentivar a las mujeres a que denuncien.

Así lo ha manifestado este viernes por la tarde frente a su despacho de Barcelona, donde ha dicho estar «muy decepcionada» con la sentencia de la Sección de Apelaciones del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) que revoca la sentencia que condenaba a Dani Alves a cuatro años y medio de prisión por la agresión sexual a una joven en la discoteca Sutton en diciembre del 2022.

La abogada ha dicho que su cliente «está muy decepcionada, triste y de alguna manera ha sentido como si volviera al cuarto de baño en el que se produjeron los hechos» y que jurídicamente tienen que recurrir, pero tendrán en cuenta el estado emocional de la chica, que ha pasado 2 años de infierno, en palabras de la letrada.