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Termas de Cuntis sostiene que nunca tuvo obligación de dar baños gratis

Cristina Barral Diéguez
Cristina Barral CALDAS DE REIS

DEZA

RAMÓN LEIRO

La demanda del Concello por la titularidad de dos burgas quedó ayer vista para sentencia El alcalde, citado por la sociedad, no compareció en el juicio celebrado en Caldas

17 ene 2005 . Actualizado a las 06:00 h.

?a demanda interpuesta por el Concello contra Termas de Cuntis quedó ayer vista para sentencia después del juicio que durante tres horas se celebró en Caldas. El Ayuntamiento persigue la nulidad de la transacción judicial sobre las burgas suscrita en 1993 entre el alcalde, el socialista Eduardo Rey, y el entonces propietario del balneario, Marcial Campos. En virtud de este acuerdo, que reconocía a Campos Fariña como dueño de las aguas y de los manantiales Fuegos de Dios y de la calle Real, el balneario renunciaba a exigir indemnizaciones por los daños materiales y morales sufridos en los meses de julio de 1987 a 1991. Durante ese tiempo el balneario no pudo hacer uso de las aguas de la burga Fuego de Dios. Además de la nulidad de la transacción, el Concello persigue que se declare el derecho de los habitantes de Cuntis a seguir disfrutando de baños gratuitos en el balneario. Sobre esta cuestión, que consumió buena parte de los interrogatorios de ayer, se pronunció el consejero delegado de Termas. Andrés Campos Calvo-Sotelo afirmó que la única obligación del balneario era dar tratamientos termales a los pobres a raíz de la venta por parte del Estado. Refiriéndose a la terminología del siglo XIX, a los «pobres de solemnidad». El consejero de Termas añadió que con el paso del tiempo esa obligación fue sustituida por lo que denominó «tolerancia» con los habitantes: «se ofrecían descuentos en algún tratamiento a vecinos de Cuntis y no vecinos». Por contra, varios residentes que declararon como testigos por parte del Ayuntamiento reiteraron que desde que tenían uso de razón recordaban que el pueblo tenía derecho a baños gratuitos. Pleito A preguntas de su abogado, Andrés Campos aludió a la contribución de Termas al desarrollo de Cuntis -empleo directo a setenta personas, siete mil visitas anuales y un negocio inducido en pensiones, fondas y bares- y subrayó que su padre interpuso el pleito contra el Concello «para que lo dejaran en paz». «No se reclamaba nada nuevo sobre la propiedad de las aguas, que son del balneario», dijo. En sus conclusiones, el letrado del Ayuntamiento se ratificó íntegramente en la tesis de la demanda, haciendo hincapié en que el acto de la transacción no puede prescribir al ser «inexistente». Sobre los baños gratuitos, prestados desde «tiempo inmemorial», apuntó que se convirtieron en descuentos en 1987 a raíz del conflicto. El abogado de Termas solicitó la desestimación de la demanda al entender que existen «mil razones» para que la transacción no pueda ser anulada al ser un «acto firme y no revisable» en el que participó el Concello. Aludiendo a un dictamen del Consello Consultivo de Galicia, achacó la demanda «a un criterio de oportunidad política más que de legalidad».