Un juez antepone los derechos de las madres trabajadoras a la organización de la empresa

La Voz EFE | MADRID

ECONOMÍA

10 dic 2004 . Actualizado a las 06:00 h.

El Juzgado de lo Social número 21 de Barcelona ha dictado una sentencia firme e inapelable que reconoce el derecho de dos madres trabajadoras de la cadena de supermercados Caprabo a reducir su jornada laboral, por encima del derecho de la empresa a organizar y dirigir la actividad laboral. Según informó UGT, esta sentencia, con fecha 30 de noviembre, es pionera en España en un caso de colisión de derechos, los de las dos madres y los de la compañía. El fallo reconoce, por primera vez, que los derechos del artículo 38 de la Constitución (que ampara a la empresa) son de inferior nivel de protección que los del artículo 14 (que establece la igualdad ante la ley), que tienen mayor fuerza y trascendencia en la convivencia ciudadana. «Por tanto -se añade en el fallo- corresponde a la empresa no negar, restringir o torpedear el ejercicio del derecho de reducción de jornada, sino gestionar con solvencia los mecanismos de sustitución y completarlos, o buscar medidas de carácter social que hagan compatibles a los trabajadores la prestación de servicio en sábado con cuidar a los hijos menores, y por tanto que equilibre de manera natural las opciones de los trabajadores al escoger el momento de la reducción».? Las dos empleadas reclamaban a la firma la posibilidad de trabajar cinco horas diarias de lunes a viernes, mientras la empresa había denegado esta petición al considerar que el sábado es el día de mayor actividad comercial. En el fallo se argumenta que Caprabo elige a sus trabajadores y su perfil: mujer y joven.