¿Qué derechos tiene un empleado de hogar sin contrato escrito cuando la relación laboral se acaba?
ECONOMÍA
Trabajo como empleada de hogar. No tengo contrato escrito. ¿Qué derechos tengo si un día me dicen que no vuelva?
Depende de la forma, cómo y cuándo se lo digan. En defecto de pacto escrito, el contrato se presume celebrado por un año. Luego el empleador podría optar por resolver el contrato al final de cada año, debiendo comunicárselo con una antelación de al menos 7 días. Simultáneamente deberá poner a su disposición una indemnización equivalente a siete días de salario multiplicados por el número de años naturales de duración del contrato, incluidas las prórrogas. La cifra así calculada no podrá superar seis mensualidades de salario.
En caso de despido disciplinario, si fuera declarado improcedente por el juez, tendrá derecho a una indemnización equivalente al salario correspondiente a veinte días naturales multiplicados por el número de años naturales de duración del contrato, incluidas las prórrogas. La cifra resultante no podrá ser superior a doce mensualidades de salario. Y si fuese declarado procedente, lo único que le debería serían los salarios devengados hasta la fecha del despido, con la correspondiente liquidación.
En el caso de que el empleador decidiese extinguir el contrato sin alegar causa o razón para ello, tendría que preavisarle con al menos 20 días, cuando haya estado trabajando durante más de un año. En caso contrario, esto es, cuando sea menor a un año, el preaviso será de 7 días. Pudiendo sustituir la falta de preaviso con una indemnización equivalente a los salarios de dichos períodos. Durante el período de preaviso, el trabajador tiene derecho a una licencia de seis horas semanales, con el fin de buscar un nuevo empleo. Y tendrán que indemnizarle con una cuantía equivalente al salario de siete días multiplicado por el número de años de contrato, con el límite de seis mensualidades.
Antonio Iglesias Vázquez (socio director de Iglesias Abogados)