Bajan del 30 al 10 % la pérdida de ingresos anual para que los autónomos puedan cobrar paro

La Voz

ECONOMÍA

19 jul 2014 . Actualizado a las 07:00 h.

A diferencia de los sindicatos, que acogieron con críticas los cambios en la ley de mutuas, las organizaciones de trabajadores autónomos se mostraron poco menos que entusiasmadas con la parte de la normativa que les afecta directamente, ya que les hará más fácil acceder al cobro de la prestación en caso de que se vean obligados a cesar en su actividad profesional.

Y es que, entre otras cosas, la regulación ahora reduce del 30 al 10 % el nivel de pérdidas de ingresos anuales por motivos económicos, técnicos, organizativos o de producción que tenían que acreditar para acceder a la prestación. Hasta ahora, los autónomos se quejaban de que era prácticamente imposible acreditar esa pérdida de ingresos para quienes tributaban en módulos -en este modelo no se tienen en cuenta los flujos reales de ingresos y gastos- y, en consecuencia tener cobertura tras cesar en su actividad. Tal situación la corroboró en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros Fátima Báñez. La responsable de Empleo señaló que actualmente el 80 % de las solicitudes cursadas por los autónomos para cobrar el paro eran rechazadas

Igualmente, el Ejecutivo ha eliminado en el proyecto de ley la obligatoriedad de cotizar las contingencias profesionales, de modo que deja como voluntaria la cotización por cese de actividad, cuyo tipo se adaptará cada año en las leyes de presupuesto y oscilará entre el 2,2 y el 4 %.

Consulta con agentes sociales

También se mejoran los medios de prueba. Según fuentes del ministerio, la documentación que acreditará la situación de los autónomos se desarrollará a través de un reglamento, cuyo diseño se consultará con agentes sociales y organizaciones de autónomos.