El Gobierno crea un nuevo fondo de resolución bancaria con hasta 6.000 millones

amparo estrada MADRID / COLPISA

ECONOMÍA

Será financiado con las aportaciones de los propios bancos y el objetivo es que el recurso al dinero público en los futuros rescates sea «excepcional»

29 nov 2014 . Actualizado a las 05:00 h.

El Gobierno pondrá en marcha un fondo de resolución nacional bancaria con una dotación de entre 5.500 y 6.000 millones de euros, que , con el objetivo de que sea «excepcional» el recurso al dinero público en los futuros rescates de entidades. El ministro de Economía, Luis de Guindos, avanzó tras el Consejo de Ministros que el anteproyecto de ley de resolución bancaria aprobado ayer incluye la creación de este fondo cuyos recursos ascenderán al menos al 1 % de los depósitos garantizados del sector. Además, introduce una modificación en el Fondo de Garantía de los Depósitos por el que se establece un nivel mínimo de recursos que deberá tener (el 0,8 % de los depósitos cubiertos).

El fondo de resolución, el que se utilizará en el rescate de bancos, será administrado por el FROB y, a partir del 2016, se mutualizará con el del resto de los países europeos de forma progresiva en un período de ocho años.

El anteproyecto de ley traspone la directiva sobre resolución bancaria que diseña un nuevo esquema de absorción de pérdidas por parte de los acreedores y que entrará en vigor en el 2016. En primer lugar, los accionistas y acreedores asumirían pérdidas hasta un valor del 8 % del total de pasivos de la entidad. Si esto no fuera suficiente, el fondo de resolución podría asumir pérdidas por un importe máximo de un 5?% del total de pasivos de la entidad. Si tampoco bastara se continuará sobre el resto de acreedores, afectando en última instancia a los depósitos, pero excluyendo los depósitos cubiertos por el FGD.

El anteproyecto de ley establece que todas las entidades han de contar, de forma preventiva, con un plan de reestructuración y un plan de resolución, con un conjunto de medidas que podrían adoptarse en caso de que la entidad tenga dificultades pero sea viable; o en el caso de que la entidad sea inviable y deba liquidarse. También se introducen cambios en la comisión rectora del FROB, que es la autoridad de resolución ejecutiva. El presidente estará encargado de su dirección y gestión diaria y será nombrado por el Consejo de Ministros a propuesta del Ministerio de Economía, por un plazo de cinco años no prorrogable. No podrá ser cesado salvo causas muy tasadas. De esta manera, el Economía se asegura el control del organismo responsable de liquidar bancos y el PP tendrá a una persona elegida por él hasta el 2020.