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Yo la merluza me la como con IVA

ECONOMÍA

Cuando llega la factura y toca pagarla, al consumidor se le corta la digestión al comprobar que el precio que figuraba en la carta «omitía» el impuesto sobre el valor añadido

17 may 2015 . Actualizado a las 05:00 h.

Vayamos al grano. Usted cuando sale a comer fuera de su casa y pide una merluza en salsa verde, se la come con IVA. A mí me pasa lo mismo. A veces a usted y a mí nos repite, pero no porque el plato esté mal preparado o condimentado. Al contrario, la pescadilla está riquísima pero cuando llega la factura y toca pagarla, al consumidor se le corta la digestión al comprobar que el precio que figuraba en la carta «omitía» el impuesto sobre el valor añadido. ¿Por qué? ¿Por un descuido del dueño del establecimiento? ¿Por las prisas de un día de verano? Me atrevería a asegurar que obedece, en la mayoría de los casos, a una mala práctica. Muy mala práctica. Ni más, ni menos. Porque la norma es clara: cada uno de los artículos que figuran en las cartas de restaurantes, tascas y demás chiringuitos tienen que estar acompañados por su precio con el impuesto incluido. Siempre. No hay excusas para los olvidos. Tampoco es legal poner al pie de la carta lo típico de «IVA no incluido». Porque en este caso la ración de pulpo -por poner otro ejemplo- también se le atragantaría.

Hace tiempo era la Secretaría Xeral para o Turismo la que sellaba las cartas de precios en las jefaturas provinciales. Sin embargo, desde septiembre del 2011, ya no las visa de esta manera. Los establecimientos pueden variar los precios, y cuando lo hagan tienen que informar a las autoridades competentes. Como usted mismo se puede imaginar, este requerimiento se puede incumplir fácilmente. José Luis Maestro, director general de Competitividad, destaca que los establecimientos tienen que realizar la publicidad suficiente de sus precios, incluso si los cambian de un día para otro. Solo cuando hay una reclamación o una denuncia ante un abuso es posible que los inspectores de Turismo den un paso más allá. Pero siempre tienen que disponer de pruebas. Si no es así, poco podrán hacer.

Pero avancemos. Le ponen la merluza sin IVA en el plato (usted ya me entiende), y en el momento de pagar aparece en la factura ese 10 % con el que usted no contaba. Decide entonces solicitar la hoja de reclamaciones. El empresario tiene la obligación de dársela. Realmente hay tres documentos iguales, aunque de distintos colores: uno es para usted, otro para el establecimiento y otro para Turismo de Galicia. ¿Quien la presenta en Turismo? El cliente. ¿Tendrá este la paciencia para acabar de completar el proceso? Si el cabreo es importante, se entiende que sí. ¿Dónde puede presentar la hoja de reclamaciones? En cualquier registro de una Administración. En cualquiera. ¿Qué ocurrirá a partir de este punto?

Desde Turismo de Galicia se asegura que siempre que se recibe una queja los inspectores responden a los particulares y les informan de que ya la tienen en su poder. A partir de ahí, tienen la obligación legal de visitar el establecimiento y de hacer una inspección. ¿Qué puede ocurrir? Nada; que el establecimiento se vea obligado a rectificar, o que los inspectores opten por imponerles una sanción. Si es grave, oscila entre los 900 y los 9.000 euros.

Como usted habrá comprobado el proceso está diseñado de tal manera que resulta muy difícil que su protesta llegue a un término que le satisfaga como consumidor. Pero no debe tirar la toalla, y cualquier abuso debe de ser contestado. Por lo tanto, no hay que desesperarse.

Solo un dato más. Desde el 2014 se ha puesto en marcha un proceso de arbitraje. Los establecimientos pueden adherirse a esta fórmula, que podría beneficiar a sus clientes. Los tribunales, conformados por funcionarios, ya se han constituido, pero ningún usuario ha solicitado este procedimiento.

Por lo tanto, se deduce que, por lo menos hasta ahora, no funciona. ¿Por qué será?