El Estado deberá pagar 1.500 millones a Abertis por la caída del tráfico en la AP-7
ECONOMÍA
El Tribunal de Justicia de Madrid da la razón a la concesionaria en su pugna con Fomento
22 mar 2017 . Actualizado a las 05:00 h.El Estado tendrá que compensar con 1.494 millones de euros a la concesionaria de autopistas Abertis por la caída de tráfico que sufrió durante la crisis la vía de peaje AP-7, la conocida como autopista del Mediterráneo. Es lo que establece una sentencia favorable a la compañía que acaba de dictar el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en la que los jueces dan la razón a la empresa en el pulso que mantiene desde el 2015 con el Ministerio de Fomento.
El contencioso queda ahora pendiente de que Fomento decida si recurre el fallo y del proceso paralelo abierto que sigue en el Tribunal Supremo. No obstante, en caso de que finalmente todas las instancias judiciales le den la razón a Abertis, al término de la concesión de la AP-7, en el 2021, la compañía tendría derecho a cobrar de Fomento los 1.494 millones de euros acumulados hasta ahora por compensación de tráficos, más el importe que se sume hasta entonces a esta cantidad, además de otros 769 millones por las obras realizadas en la vía.
Por el momento, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha estimado «íntegramente» todo el recurso que Abertis planteó en el 2015 contra Fomento. Así, ratifica que el grupo estaba contabilizando correctamente un derecho de cobro de peaje en contra del criterio del ministerio.
La batalla tiene su origen en el 2006, cuando Abertis alcanzó un acuerdo con Fomento, ratificado mediante real decreto en Consejo de Ministros, por el que la compañía de concesiones se comprometía a realizar ampliaciones y mejoras en la AP-7 y a aplicar descuentos en los peajes, a cambio de que el Estado asumiera el riesgo del tráfico de la autopista si el volumen de usuarios no alcanzaba ciertos niveles. No obstante, en el 2011 el ministerio comenzó a plantear dudas sobre la interpretación de este acuerdo, especialmente sobre las compensaciones por tráfico. Según Abertis, Fomento indicó entonces que no consideraba la compensación por tráfico como parte del saldo del convenio y, además, planteaba dudas respecto a la forma en que la compañía lo estaba contabilizando en sus cuentas. El grupo lo registraba como activo financiero, lo que le permitía incluirlo cada año en sus cuentas y además generaba un derecho de cobro, mientras que Fomento defendía que se trataba de un activo intangible.
Finalmente, Abertis decidió llevar la pugna a los tribunales.