El Supremo confirma la sentencia a Pego y Gorriarán por las indemnizaciones en Novagalicia

Rubén Santamarta Vicente
Rubén Santamarta REDACCIÓN

ECONOMÍA

Benito Ordóñez

Al primero le obliga a devolver 6,4 millones, y al segundo,  3,9 millones, pero les exonera como responsables solidarios

16 abr 2018 . Actualizado a las 19:20 h.

El Tribunal Supremo ha cerrado el caso de las indemnizaciones millonarias en Novagalicia Banco ratificando (con un pequeño cambio sobre la responsabilidad civil subsidiaria) las sentencias a José Luis Pego y Gregorio Gorriarán Laza, que habían recurrido un auto anterior de la Audiencia Nacional. Finalmente, el que fuera número dos de Caixanova y también de Novacaixagalicia, José Luis Pego, tendrá que abonar unos 6,4 millones de euros; y Gregorio Gorriarán, 3,9 millones. Ambos habían percibido unas indemnizaciones millonarias al salir de la entidad (en el año 2011) que fueron denunciadas. Se les condenó a dos años de prisión e ingresaron en la cárcel hace un año y dos meses. Ambos, junto al resto de condenados por este caso (Julio Fernández Gayoso, Óscar Nelson Rodríguez Estrada y el abogado Ricardo Pradas), están ya en régimen de semilibertad. 

En su auto, que se acaba de dar a conocer, el tribunal sostiene que los acusados firmaron unos contratos de alta dirección «blindados para una prejubilación de altísimas remuneraciones en plena crisis bancaria (el FROB tuvo que inyectar una suma de más de 9.000 millones de euros para reflotar las cajas, unificarlas y bancarizarlas, creando NovaCaixaGalicia Banco)». «Los acusados, a través de los nuevos contratos y a sabiendas de que iban a ser cesados en sus puestos cuando se constituyera el nuevo banco [NCG, que dirigió José María Castellano, tras ser nacionalizado por el FROB], consiguieron que, mediante engaño, se les aprobara unos contratos de prejubilación cuya suma supuso para el nuevo banco unas cantidades a devolver, cuando menos, de unos doce millones de euros, a favor de los cuatro altos dirigentes. Dinero que cobraron en el año 2011, esto es, cuando llevábamos ya tres años aportando dinero público a las entidades bancarias en crisis», añade el Supremo. 

La Sala, explica el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia en un comunicado, ha estimado parcialmente los recursos de casación interpuestos por José Luis Pego, Gregorio Gorriarán y Óscar Rodríguez Estrada contra la sentencia de la Audiencia Nacional, de 19 de octubre de 2016, que les declaró responsables civiles solidarios en relación con el delito de apropiación indebida por gestión desleal.Así, deben responder los dos primeros como responsables civiles directos, y el tercero queda exonerado de toda responsabilidad civil.