Casi 50.000 gallegos se han acogido a una fórmula que permite transmitir bienes de padres a hijos sin coste
17 may 2018 . Actualizado a las 05:00 h.Se llaman pactos sucesorios inter vivos, aunque los conocemos como herencias en vida. Se trata de adelantar nuestros bienes a un hijo o varios antes de fallecer. Un trámite que ha experimentado una auténtica explosión después de la entrada en vigor el 1 de enero del 2016 de la rebaja del impuesto sobre sucesiones y donaciones en Galicia. Tanto que, en solo dos años, casi 50.000 gallegos han optado por esta fórmula. En los enormes beneficios fiscales, exclusivos de pocas comunidades, reside una de las claves. También en la posibilidad de que un heredero pueda disfrutar antes de esos bienes o incluso sacarles provecho.
¿Hasta qué cantidad estamos exentos de tributación?
Si los bienes se transmiten antes del fallecimiento, el ahorro fiscal en la comunidad es innegable. El principal motivo es que, hasta 400.000 euros, el heredero no tiene que responder con cantidad alguna ante la Agencia Tributaria. «En Galicia tenemos derecho foral propio. ¿Qué quiere decir eso? Pues que a nivel tributario es muy ventajoso heredar en vida», explica Alberto Vaquero, profesor de Economía Aplicada de la Universidade de Vigo. «Si un hijo tiene 25 años o más, la bonificación fiscal implica que 400.000 euros tienen cuota cero. Nuestro descendiente no pagaría nada. Si tiene menos de 25 años, el margen se amplía y llega hasta el millón y medio de euros».
¿Y si la herencia supera los 400.000 euros? ¿Hay que pagar por el total?
Pongamos como ejemplo que un hijo recibe en vida de sus progenitores 200.000 euros. «No pagaría nada», apunta Alberto Vaquero. Si los bienes pasan de los 400.000 marcados como límite, «solo tendría que tributar por la cantidad que pasa del límite. Es decir, de 450.000 euros, pagaría por 50.000, que al 5 % serían 2.500 euros, una cantidad muy pequeña». Si son 800.000 euros, un gallego pagaría 15.000 euros. Mientras que, por ejemplo, un asturiano pagaría más de 100.000.
«En el caso del Estado, el tipo impositivo es superior al de Galicia, por lo tanto se paga mucho más y la reducción fiscal no llega ni siquiera a los 15.000 euros. La diferencia es: 400.000 euros en Galicia de reducción fiscal, frente a los 15.000 para el resto del Estado».
¿Mejor optar por una herencia en vida que por una donación?
Para Alberto Vaquero no cabe duda. «En el caso de Galicia, sí. Las herencias en vida solo tienen ventajas fiscales. Eso sí, siempre que la persona que reparta sus bienes resida en la comunidad. Si no vive en Galicia, se le aplicaría la normativa estatal y pagaría más». Un gallego que herede 400.000 no tiene que tributar un solo euro. Si la misma cantidad la recibe a través de una donación, tendría que abonar unos 24.000.
Si transmito mis bienes a un hijo, ¿tengo que darle todo mi patrimonio?
No. Alberto Vaquero plantea varias posibilidades. «Una es la apartación. En una herencia de padres a hijos, puedo dejarle hasta el cuarto de mi herencia. Le dejo el usufructo y la propiedad de esta». Debe renunciar a su condición de heredero forzoso. «Segunda opción: el derecho de mejora. Por ejemplo, puedo hacer que el piso sea de un hijo, pero el usufructo quedármelo yo. La herencia en vida ofrece una posibilidad de repartir una parte y no todo».
Una persona con dos hijos, ¿tendría que darle igual parte a cada uno?
«No. En todo caso puede guardarse una parte y dársela posteriormente cuando ya se liquide totalmente la herencia. Si hay un fallecimiento, sí que existe la legítima. En el caso gallego, es un cuarto de la herencia. ¿Qué implica eso? Que hay tres cuartos que uno puede darle a quien quiera: hijos, cónyuge, etcétera. Hay una capacidad fiscal mucho mayor para decidir a quién se le da la herencia. A nivel estatal son tres tercios: un tercio para los hijos. Otro tercio de mejora, también para los hijos, y solo un tercio para quien uno quiera».
En esos 400.000 euros, ¿se incluye el valor de una propiedad?
La vivienda va aparte. «En caso de que sea habitual, en Galicia hay una reducción fiscal que puede ser de hasta el 99 % de su valor. Hay que descontar esa cantidad del resto de los importes», apunta el profesor Vaquero. En una herencia en vida es posible transmitir cualquier bien, dinero incluido.
¿Por qué se está renunciando tanto en Galicia a las herencias?
Se trata de un fenómeno que no para de crecer, y eso que la tributación ha mejorado. En el 2017 se contabilizaron 2.449 renuncias, un 5,4 % más que en el ejercicio anterior. «Si una herencia tiene un conjunto de bienes, como casas, hay que intentar tener liquidez para pagar la propia herencia. ¿Qué ocurre si eso no sucede? Pues que a muchos se les complica la situación. Si en la cantidad que uno recibe hay dinero, puede cogerlo y destinar ese fondo a pagar la herencia, pero ¿si no hay liquidez? A lo mejor, lo más beneficioso es renunciar».
Otro aspecto importante son las cargas. «Uno hereda todo: tanto las cargas como los beneficios de la propiedad», apunta Alberto Vaquero.
Si Facenda ha recaudado menos, ¿podría cambiar la norma?
Facenda está ingresando al año por sucesiones 80 millones de euros menos que antes del 2016. Las herencias en vida crecen y la factura tributaria no es en estos casos tan elevada. «Es una cantidad importante para las arcas públicas. Pero la realidad es que se trata de una normativa aprobada por el Parlamento y la aplicación es correcta».
«La bonificación implica que hasta 400.000 euros un descendiente no pagaría nada»