El juez deja fuera del caso Popular a los afectados por la ampliación del 2012

Ana Balseiro
ana balseiro MADRID / LA VOZ

ECONOMÍA

CESAR QUIAN

Los inversores que participaron en la operación aún pueden recurrir la decisión

24 may 2018 . Actualizado a las 05:00 h.

Fernando Andreu, el juez de la Audiencia Nacional que instruye la causa penal por la quiebra del Banco Popular, ha dejado fuera de los hechos investigados la ampliación de capital por 2.500 millones que la entidad realizó en el 2012. La operación se hizo después de que el banco suspendiera los test de estrés, como modo de reforzarse evitando un rescate con dinero público.

En un auto fechado este lunes, el magistrado confirma otro dictado el 15 de febrero en el mismo sentido, y desestima el recurso de reforma presentado por la mercantil Cerquia Gestión. Los recurrentes -que disponen ahora de cinco días de plazo para revertir la última decisión de Andreu ante la Sala de lo Penal de la Audiencia- no están de acuerdo con que el examen de las cuentas anuales del banco quebrado se limite a los años 2015 y 2016, y en su escrito de impugnación solicitaban que se extendiera «el análisis y estudio a las cuentas anuales» hasta el 2012.

«Entiende [el recurrente] que existen indicios (no concreta cuáles) de que las irregularidades contables se remontan, al menos, al año 2012 y que asiste el derecho a los accionistas que acudieron a la ampliación de capital del 2012 (entre los que se encuentra Cerquia) de interesar cuando menos que el informe pericial alcance a analizar la información contable correspondiente a aquella», recoge el auto en sus razonamientos jurídicos.

Sin embargo, Andreu no accede a las pretensiones de estos afectados, a los que recuerda que la instrucción del caso Popular se dividió en dos piezas separadas: la primera, referida a «la ampliación de capital que el banco realizó en el 2016 por importe de 2.505,5 millones, así como los demás hechos conexos»; y la segunda, la etapa de Emilio Saracho al frente de la presidencia, por el uso de información privilegiada y de manipulación del mercado con publicaciones falsas para hacer caer la acción y lucrarse con ello, como sostienen los querellantes.

Más dilación y complejidad

«De esta forma, el contorno perimetral del objeto de la presente causa quedó perfectamente delimitado, por lo que la pretendida ampliación de posibles irregularidades contables correspondientes a la ampliación de capital producida en el año 2012 se encuentra fuera del mismo», sostiene Andreu, quien añade que «la prueba pericial no debe extenderse, en principio y a salvo de lo que resulte de la misma, al examen de ejercicios anteriores a los que viene acordado, pues ello no significaría otra cosa que aumentar la dilación y complejidad que, per se, conlleva el proceso».

El Banco de España, de puntillas

«En el 2017, hay que destacar la resolución del Banco Popular Español, decidida por la Junta Única de Resolución, derivada de las graves dificultades que la entidad estaba atravesando». Con estas escuetas líneas, el Banco de España pasó de puntillas sobre la quiebra del Popular en el informe anual que el supervisor publicó el martes pasado. Pese a que 300.000 accionistas perdieron su dinero, es la única referencia directa en las 170 páginas del informe.