
Los repartidores de comida a domicilio pasan a formar parte del convenio estatal de hostelería
20 abr 2019 . Actualizado a las 20:18 h.Los conocidos riders han sumado un nuevo hito en su peculiar batalla laboral. Un triunfo para este colectivo que, hasta ahora, no pertenecía a ningún sector concreto dentro de la catalogación de convenios colectivos. Los repartidores de comida a domicilio salen, desde hoy, de ese particular limbo legal en el que se encontraban sumidos, después de que la Dirección General de Trabajo publicara ayer en el Boletín Oficial del Estado el nuevo Acuerdo Laboral Estatal de Hostelería; un texto en el que, por primera vez, se incluirá a estos trabajadores.
El acuerdo que amparará a todos aquellos repartidores que realicen su trabajo «a pie o en cualquier tipo de vehículo que no precise autorización administrativa establecida por la normativa de transporte, como prestación de servicio propio del establecimiento o por encargo de otra empresa, incluidas las plataformas digitales o a través de las mismas». Tras la firma del acuerdo, CC.?OO. destacó el logro y señaló que a partir de ahora centrará sus esfuerzos en que la categoría profesional, el salario y las funciones de estos empleados sean reguladas según los convenios sectoriales que les correspondan.
La medida supone un nuevo golpe a la línea de flotación de empresas como Glovo o Deliveroo. De momento, esta reforma no afectará directamente a estas compañías, que mantienen con sus riders una relación de contrato mercantil; o lo que es lo mismo, son autónomos.
Pero esta condición podría tener los días contados, como atestiguan un puñado de sentencias judiciales que concluyeron que se trataba de falsos autónomos, como reclamaba la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, que considera que realizan un trabajo por cuenta ajena y deben cotizar como tal. Tal y como aseguraba ante la Justicia, estos trabajadores no pueden fijar los precios y tampoco los horarios de trabajo, dos factores que demuestran que existe una relación laboral, y no mercantil, entre la empresa y el repartidor. Si finalmente se regulariza la situación de los riders y se obliga a las empresas a darlos de alta como asalariados, todos ellos pasarán a estar amparados por el convenio de la hostelería.