El TSXG confirma el derecho de los hombres a cobrar el plus de maternidad en la jubilación

Sara Cabrero
S. Cabrero REDACCIÓN / LA VOZ

ECONOMÍA

M.MORALEJO

El tribunal europeo declaró discriminatorio primar solo a las mujeres

03 dic 2020 . Actualizado a las 05:00 h.

Un pensionista gallego ha conseguido que el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) le reconozca su derecho a percibir el complemento de maternidad por jubilación. Este plus estaba pensado para incrementar a las mujeres sus pensiones contributivas de jubilación, viudedad o incapacidad permanente reconocidas a partir de enero del 2016. De ser aceptado, la retribución percibida puede verse incrementada en un 5, 10 o 15 % en función del número de hijos que tenga la benefactora.

La polémica con este complemento surgió hace un año, cuando el Tribunal de Justicia de la Unión Europea -a raíz de una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias- declaró que el plus de maternidad era discriminatorio, ya que se confería exclusivamente a mujeres que habían sido madres, pero no a hombres que cumplían las mismas condiciones.

La sentencia europea abrió la espita y ahora, los jueces gallegos confirman el derecho de los hombres a cobrar el plus de maternidad. El TSXG sigue con el criterio marcado por el Tribunal europeo como ya hicieron antes otros juzgados de instancia y ha dado por primera vez la razón a un pensionista gallego con tres hijas. A este hombre, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) le reconoció en febrero del 2016 una pensión de jubilación del 81,45 % de su base reguladora, que ascendía a los 2.964,16 euros. Esta cantidad fue revisada por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, fijando el monto final en el 85 % de la base reguladora de 2.948,5 euros. Con estos cálculos, el jubilado tenía derecho a cobrar 2.506,25 euros en concepto de pensión.

250 euros más

Sin embargo, el afectado volvió a recurrir a la Justicia. En este caso exigía que se le aplicara el complemento de maternidad que le correspondía: un 10 % por ser padre de tres hijas. Y ahora la Justicia le ha dado la razón. El gallego recibirá un complemento de 250,62 euros mensuales. «No se hizo bien; la técnica legislativa fue un poco desastrosa. Aunque tiene su fundamento y su razón de ser. Porque con esto la idea es compensar a las mujeres que, como consecuencia de tantos años de desigualdad salarial, se han visto perjudicadas al recibir unas pensiones inferiores a las de los hombres. Pero, como no se ha hecho todo lo bien que debería hacerse, al final, se plantean dudas sobre si esto es discriminatorio para los hombres», relata Carlos Tomé, socio fundador del despacho Caruncho, Tomé & Judel.

Explica este abogado que al ser un complemento que se da solo por maternidad como tal, entiende el Tribunal europeo que es discriminatorio porque los hombres también tienen hijos y los cuidan. «La sentencia viene a decir que entiende el objetivo pero, tal y como está planteado, no responde o no promueve la igualdad entre mujeres y hombres y tampoco parece que promueva eliminar las barreras discriminatorias que pudiese tener la mujer de cara a su actividad laboral», resume Tomé.

El experto asegura que es la primera, pero no será la última. «Se van a producir muchas más. Ya se comenta que el Gobierno va a promover una reforma legislativa para intentar parar la sangría y eliminar el complemento tal y como está ahora planteado».