El Gobierno aplicará la «ley rider» a todas las plataformas digitales

L. P. MADRID / COLPISA

ECONOMÍA

JL Cereijido | Efe

La normativa que ultima Trabajo da un plazo de tres meses a empresas como Glovo o Deliveroo para dar de alta a sus repartidores

24 feb 2021 . Actualizado a las 05:00 h.

Gobierno y agentes sociales prosiguen sus contactos para alcanzar un acuerdo de forma inminente sobre la conocida como ley rider. El camino no ha sido fácil y, después de varios meses de tiras y aflojas, el Ministerio de Trabajo, para que la patronal continuara en la negociación, tuvo que aparcar su intención inicial de aprobar una ley que regulara a los trabajadores de cualquier plataforma digital y acotarla solo a los repartidores de comida a domicilio, es decir, a quienes presten sus servicios a través de aplicaciones como Glovo, Deliveroo, Uber o Stuart. Sin embargo, el Ejecutivo considera que esto es solo el primer paso de una norma que se irá ampliando en un futuro y se ha comprometido a, una vez aprobada, abrir un proceso para regularizar al resto de plataformas a través de un proyecto de ley, según explicaron a este periódico fuentes cercanas a la negociación. Aquí ya entrarían, por tanto, plataformas digitales de transporte como Cabify o Uber, o cualquier otro tipo de actividad que se sustente a través de una aplicación móvil. En esta línea, la Organización Mundial del Trabajo (OIT) pidió este martes en un informe iniciar un diálogo a nivel mundial para fijar unas normas mínimas.

Pero antes el Consejo de Ministros habrá de aprobar la nueva norma cuya redacción final Trabajo y los agentes sociales estuvieron este martes por la tarde tratando de cerrar y que convertirá a todos los repartidores de comida a domicilio en asalariados. Se busca así cumplir con la reciente sentencia del Tribunal Supremo, que consideró probada la relación laboral de los trabajadores de Glovo con su empresa y declaró que son falsos autónomos.

Más protección y derechos

Para ello, el Ejecutivo dará un plazo de tres meses a las plataformas, desde la entrada en vigor de la nueva ley, para que regularicen a todos los repartidores y los hagan asalariados de sus plantillas, según el último borrador al que ha tenido acceso este periódico, aunque este plazo podría ampliarse ya que es uno de los escollos. Tendrán así que darlos de alta en el Régimen General y, por tanto, pagar mensualmente sus cotizaciones sociales, con lo que les generan una mayor protección, como cobrar al menos el salario mínimo, tener derecho a bajas por enfermedad o accidente de trabajo, vacaciones, prestación por desempleo o indemnización en caso de ser despedido. En la actualidad, hay más de 15.000 riders repartidos por la geografía española y la inmensa mayoría funcionan como autónomos.

Pero además, de cara a una clarificación del resto de empresas digitales, el Ejecutivo se da un plazo de un mes desde la publicación de la nueva ley para constituir la Comisión Tripartita para el estudio de las plataformas digitales en el ámbito laboral, que estará integrada por el Ministerio de Trabajo, junto con CEOE, Cepyme, CC OO y UGT. Sus funciones serán valorar la información a disposición de las representaciones que la integran y seguir la evolución de la actuación de las plataformas digitales en el ámbito laboral. A su vez, deberán publicar, al menos con una periodicidad anual, un informe, así como analizar la realidad de las plataformas digitales en todos los sectores y aspectos relacionados con las condiciones de trabajo, en particular en lo relativo a una definición, adaptada a estas nuevas formas de prestación de servicios, de las notas de ajenidad y dependencia.

La nueva norma modificará también el Estatuto de los Trabajadores para garantizar que los sindicatos puedan conocer qué datos de los empleados utilizan las empresas que operan con algoritmos, saber cómo funcionan y qué implicaciones tienen para el trabajador. Así, establece a su vez que los convenios determinarán las modalidades, el contenido y la periodicidad de acceso de los sindicatos a la información relativa a los parámetros y a las reglas en las que se basan los algoritmos utilizados por la empresa para que la toma de decisiones pueda incidir directa o indirectamente en las condiciones de trabajo, el mantenimiento del empleo o la elaboración de perfiles, según consta en el texto de la nueva norma que aún puede ser modificado y que aún falta de recibir el visto bueno tanto de los sindicatos como de la patronal.