La Fiscalía pide modificar el convenio de Air Nostrum por considerar que discrimina a las azafatas respecto a los pilotos

REDACCIÓN EUROPA PRESS

ECONOMÍA

Argumenta que sitúa a las mujeres «en desventaja» sin que haya justificación objetiva para ello

07 feb 2023 . Actualizado a las 17:46 h.

La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha pedido en el juicio celebrado este martes que se anulen una serie de preceptos contenidos en el convenio colectivo de Air Nostrum relativo a las azafatas al considerar que los mismos «sitúan a las mujeres en desventaja particular respecto a los hombres» que ejercen de pilotos «sin que exista justificación objetiva para ello».

Según ha informado el Ministerio Público, el fiscal Manuel Campoy ha interesado la nulidad de estos preceptos impugnados por el sindicato de Tripulantes Auxiliares de Vuelo de Líneas Aéreas (STVLA) al considerar que los mismos «infringen la prohibición de discriminación indirecta por razón de sexo» dispuesta por la ley de igualdad.

En concreto, según informa Europa Press, las disposiciones impugnadas disponen el pago extrasalarial al colectivo de tripulantes de cabina de pasajeros (TCP), en concepto de dietas por desplazamientos, de cantidades menores al reconocido al colectivo de pilotos en el convenio colectivo de la empresa Air Nostrum correspondiente.

La Fiscalía ha apuntado en la vista oral que la relación porcentual por sexos entre mujeres y hombres en la empresa Air Nostrum, entre el colectivo de pilotos y el de tripulantes de cabina de pasajeros es inverso: un 94 % de los TCP son mujeres frente al 6 % de hombres, mientras que un 93,71 % de los pilotos son hombres frente al 6,29 % de mujeres.

En este contexto, el Ministerio Fiscal ha concluido que «se trata de disposiciones aparentemente neutras dentro del colectivo de trabajadores en la misma empresa, que sitúa a las mujeres en desventaja particular respecto a los hombres, sin que exista justificación objetiva para ello».

Y es que, a juicio del fiscal, «se trata de compensar mediante dietas los gastos extrasalariales derivados de necesidades personales, básicas e iguales para todas las personas, independientemente del colectivo profesional al que se pertenezca».