El Supremo resolverá si se necesita licencia urbanística para instalar una casa móvil
ECONOMÍA

Fallará sobre un pleito presentado por un cámping de Tarragona al que el Ayuntamiento impidió poner «mobile homes» en su recinto, pero su fallo sentará doctrina sobre si se precisa permiso municipal, también en fincas particulares
23 may 2023 . Actualizado a las 13:01 h.El Tribunal Supremo ha admitido a trámite el recurso presentado por los propietarios de un cámping de Tarragona contra la negativa del Ayuntamiento a permitir la instalación de casas móviles en sus terrenos, lo que llevará al alto tribunal a resolver, fijando doctrina, si las llamadas mobile homes requieren una licencia urbanística para su instalación.
Los dueños del cámping han acudido al Supremo para revocar una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSC) que avaló la decisión del Ayuntamiento de Tarragona de no permitir la instalación de casas móviles al considerar que para ello necesitaba una licencia urbanística. El alto tribunal catalán argumentó que el hecho de que las mobile homes dispongan de ruedas no cambia el hecho de que existe una ocupación de terreno que comporta un uso de suelo sujeto a licencia urbanística.
Por su parte, el cámping alega que este tipo de casas móviles se incluyen en la categoría de remolques, en tanto que son vehículos habitables de recreo (a semejanza de una caravana), por lo que no necesitarían el permiso previo de los ayuntamientos.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha admitido el recurso al estimar que tiene interés casacional porque la solución que se adopte puede afectar a un gran número de situaciones, dada la creciente utilización de las mobile homes y la ausencia de jurisprudencia al respecto.
Una «novedad»
El alto tribunal entiende que debe pronunciarse sobre la cuestión controvertida, «dada su incidencia en el régimen urbanístico de la propiedad del suelo y el control de la utilización de este por la administración competente, a lo que se une la novedad que representa la aparición de las mobile homes o casas móviles».
La Sala Tercera indica que, de acuerdo con las normas de reparto, su Sección Quinta será la competente para determinar, en primer lugar, la naturaleza de las denominadas 'mobile homes' en cuanto a la exigibilidad de licencia urbanística por uso del suelo.
En segundo lugar, los magistrados resolverán si la licencia de actividad de cámping ampara también la instalación de las casas móviles.