En el aire 9.000 empleos vinculados al eólico

f. fernández REDACCIÓN / LA VOZ

ECONOMÍA

Ana García

El sector alerta del peligro de que una cascada de sentencias judiciales adversas paralice nuevos parques, algo que pondría en riesgo miles de puestos de trabajo y 9.500 millones en inversiones

04 oct 2023 . Actualizado a las 21:21 h.

Algo pasa con la tramitación de parques eólicos en Galicia. Porque el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha anulado este año dos autorizaciones de construcción expedidas por la Xunta e incluso ha impuesto, de modo preventivo, suspensiones cautelares de otros cuatro proyectos. Es decir, está paralizando los expedientes antes de resolver si están bien o mal tramitados. El sector denuncia que, en este ambiente que califica de inseguridad jurídica, están en peligro inversiones que cifra en 9.500 millones y 9.000 nuevos empleos. Se corresponden con los 3.000 megavatios de potencia eólica que están autorizados en Galicia y pendientes de ejecución. Pero también con los proyectos industriales pendientes de desarrollo cuyos promotores quieren asegurarse energía más barata y a precio estable durante un largo período de tiempo, para lo que han firmado, o pretenden hacerlo, acuerdos de compra venta de electricidad a largo plazo o PPA con los promotores de futuras instalaciones eólicas. Si no hay parque, no hay PPA ni industria asociada.

Hasta el momento, el TSXG ha frustrado las expectativas sobre siete parques. Entre las empresas más afectadas por esas últimas resoluciones judiciales está Greenalia, que ha visto cómo el alto tribunal gallego ha anulado los permisos concedidos por la Xunta para construir los proyectos Campelo (entre Coristanco y Santa Comba) y Bustelo (Coristanco y Carballo), y ha paralizado, de momento, de forma cautelar, el de Monte Toural (Coristanco e Santa Comba). Lo mismo ha acordado para el parque Laboa II, de Engasa, entre Zas y Santa Comba. También estarían afectados por estas cautelares dos proyectos más, uno de ellos de Naturgy, según fuentes del sector.

Lo que más inquieta a las empresas es que se produzcan nuevas paralizaciones en cascada, ya que el TSXG está decretando suspensiones cautelares de forma automática en aplicación del principio de igualdad jurídica y para evitar «consecuencias dañinas irreversibles para la salud o el medio ambiente». Porque, «no se nos puede exigir para la adopción de la medida cautelar que se demuestre de manera cierta el daño a que se encuentra expuesto el bien jurídico; basta con que exista una amenaza para que haya lugar a prevenirla», recoge la sentencia del proyecto de Engasa. Una decisión, la de las cautelares, que las empresas consideran excesiva porque «una medida extraordinaria se está convirtiendo en habitual», en palabras de José Manuel Pazo, presidente de la Asociación Eólica de Galicia (EGA).

La sentencia de Corme

Este goteo de sentencias adversas para el sector eólico y la Xunta empezó el 21 de enero del 2022. Ese día, la Sección 003 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSXG anuló la autorización que tenía la empresa EDP para repotenciar el parque eólico de Corme. En ese caso, el tribunal rechazó imponer cautelares y cuando declaró ilegal la instalación, esta llevaba tres años en funcionamiento. EDP recurrió ese fallo ante el Supremo, que aún no ha resuelto. Lo que digan los jueces de ese último tribunal será fundamental para conocer el futuro que le espera al resto de proyectos paralizados y, sobre todo, para saber si podrían prosperar o no nuevos recursos contenciosos. Y es que los argumentos utilizados por el TSXG para la anulación son comunes.

En opinión de Pazo, el tribunal gallego «ha encontrado un agujerito», el punto débil en la normativa autonómica y nacional que regula la tramitación ambiental de proyectos industriales, que el TSXG ha interpretado de un modo diferente a la Xunta.

Dos resquicios

En realidad, son dos agujeritos por los que se ha colado el tribunal: el tiempo que permanecieron los expedientes a exposición pública —a disposición de los afectados— y el momento en que hay que obtener los informes sectoriales del proyecto, si antes, durante o después de la consulta pública. 

Así, la ley eólica de Galicia, del 2009, establece que todos los expedientes deberán superar un trámite de información pública de 30 días de duración. Aunque introduce una excepción para la reducción a la mitad en los procedimientos que se declaren urgentes. Tanto la repotenciación de Corme como el expediente del parque Campelo, entre otros, fueron declarados de interés especial y, por tanto, fueron expuestos durante quince días. Sin embargo, el alto tribunal gallego destaca que, dentro de esa reducción de plazos, no debe encontrarse el procedimiento de evaluación ambiental de los proyectos. Y no debe encontrarse, aclara, porque hay una directiva europea del 2014 que establece que ese informe de impacto ambiental debe permanecer a disposición del público durante treinta días, ese plazo no se puede acortar. Una directiva que España tenía que trasponer antes del 16 de mayo del 2017. No lo hizo a tiempo, pero su contenido tenía que haberse aplicado ya, pues la normativa comunitaria prevalece sobre las nacionales y autonómicas, recuerdan los jueces gallegos.

La Xunta ha corregido ya la tramitación para suprimir ese plazo exprés de quince días para la evaluación ambiental.

La segunda cuestión que fundamenta las resoluciones del TSXG son los informes sectoriales que requieren todos los expedientes. En concreto, al momento en que deben obtenerse, si antes o después de someter el proyecto a exposición pública. El tribunal gallego sentencia que deben estar disponibles antes y que, por tanto, también deben estar a disposición de los interesados. Pero no fue así en el caso de los expedientes paralizados.

El TSXG cita la Ley de Evaluación Ambiental y la Directiva 2011/92 para sustentar su resolución: «Así pues, tanto la ley estatal, como la directiva citadas contenían un mandato claro en orden a conseguir los informes sectoriales antes de someter el proyecto y el estudio ambiental al trámite de información conjunto (cada uno por su plazo), de lo que resulta que quienes a él concurrieron no pudieron ejercer de forma plena su derecho a participar de forma efectiva y con pleno conocimiento de todas las opciones que se presentaban, en un trámite que necesariamente tenía que realizarse antes de adoptar la decisión definitiva sobre el proyecto que se promovía».

Carne de cañón

Pero Pazo resalta, en cambio, que en todas las comunidades, no solo en Galicia, los informes sectoriales se piden al mismo tiempo que se abre la consulta pública del expediente, para después elaborar la declaración de impacto ambiental, como así estable la Ley de Evaluación Ambiental. Y así se sigue haciendo, con lo que son carne de cañón cualquiera de los parques autorizados hasta el momento. Será el Supremo el que zanje la cuestión.

«La Xunta está recurriendo estas paralizaciones porque las autorizaciones se tramitaron conforme a la normativa»

Las empresas están recurriendo las sentencias del TSXG ante el Tribunal Supremo, y el Gobierno autónomo también. El director xeral de Planificación Enerxética e Recursos Naturais, Pablo Fernández Vila, señala: «La Xunta está recurriendo estas paralizaciones por considerar que se han tramitado conforme a la normativa».

Sobre las sentencias del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, Fernández Vila resalta que «la Xunta respeta las decisiones judiciales. Eso no obsta para que no estemos de acuerdo en algunas decisiones que, recordemos, no son firmes y por lo tanto se han recurrido en vía casacional».

Recuerda que las resoluciones no solo afectan a las propias instalaciones de generación, sino también a «proyectos energéticos que tendrán una importante repercusión en la industria gallega, tanto en los nuevos proyectos como en la industria existente».

El director xeral de Planificación Enerxética aclara que la Xunta ha modificado ya el período de exposición pública de las evaluaciones ambientales para adecuarla a la normativa estatal y a la directiva comunitaria. Y no solo eso, sino que en aquellos casos en los que fue posible, se repitió el proceso de exposición pública durante 30 días «por un principio de seguridad jurídica. Y ello a pesar de que esta es una cuestión que está siendo objeto de impugnación y casación».