El cartel de los coches: cómo saber si tu automóvil está afectado y recuperar parte del dinero que pagaste por él

Alexandre Centeno Liste
A. Centeno REDACCIÓN

ECONOMÍA

PACO RODÍGUEZ

El Supremo avaló un sobrecoste en los precios de los vehículos vendidos entre el 2006 y el 2013 por un pacto entre concesionarios. Los afectados tienen la oportunidad de reclamar judicialmente a algunas de las principales marcas

19 oct 2023 . Actualizado a las 15:48 h.

Miles de gallegos tienen puestas sus esperanzas en diferentes asociaciones y bufetes de abogados para recuperar entre el 10 y el 15 % de lo que les costaron sus vehículos comprados entre febrero del 2006 y agosto del 2014. Una resolución de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia del 2015, avalada en diciembre del 2021 por el Supremo, se lo permite. Para ello, hay numerosas asociaciones de consumidores y bufetes de abogados que aún trabajan para conseguirlo.

¿Qué es el cartel de los coches?

Se llama cartel de los coches al acuerdo alcanzado por 21 fabricantes, 172 concesionarios y 2 consultoras para intercambiar información y / o pactar el precio de los vehículos que se iban a vender en España. Obviamente, este supuesto pacto encareció el precio de los coches.

¿A quién afecta?

No hay cifras oficiales pero, según datos del INE, alrededor de ocho millones de vehículos están afectados. Según Gorka Goikoetxea Galarreta, del departamento jurídico de Arriaga Asociados, uno de los bufetes que llevan las reclamaciones, «entre un 1 y un 2 % del total de afectados ha contratado algún despacho para reclamar, lo que supone unos 150.000 vehículos». En su caso asegura que llevan alrededor de un millar de solicitudes de gallegos. Puedes consultar si tu coche está afectado en el buscador la Asociación de Afectados por el Cártel de Coches.

¿Qué marcas han sido sancionadas y contra cuáles se puede ir?

Audi, Alfa Romeo, BMW, Citroën, Chevrolet, Chrysler, Dodge, Fiat, Ford, General Motors (SAAB), Honda, Hyundai, Jeep, Kia, Land Rover, Lancia, Lexus, Mazda, Mercees Benz, Mitsubishi, Nissan, Opel, Peugeot, Porsche, Renault, Seat, Skoda, Toyota, Volkswagen y Volvo.

Salvo Nissan, que ya prescribió, contra el resto aún hay tiempo de reclamar. Los casos en los que más urge presentar la documentación para no pasarse de tiempo son Honda y Mercedes (septiembre), Opel, (octubre) Lexus y Toyota (diciembre).

¿Cómo se puede reclamar?

Hay varias fórmulas. Bien denunciando a título particular en un juzgado, bien acudiendo a un bufete que lleve este tipo de cuestiones y que suelen presentar denuncias conjuntas o individuales, dependiendo del despacho. La mayoría cobran un porcentaje en caso de éxito. Se puede hacer todavía a alguna asociación, como la OCU, que presentará una demanda colectiva por intereses difusos en nombre de todos los consumidores afectados.

¿Hasta cuándo se puede reclamar?

La Justicia ha aumentado el plazo de prescripción para poder reclamar el sobrecoste hasta el año 2026. El mes límite de presentación de las reclamaciones varía en función de la marca del vehículo adquirido, y puedes consultarla en este enlace.

¿Qué documentación hace falta?

Para reclamar judicialmente hay que demostrar quién compró o pagó el vehículo, quién lo vendió, qué coche se adquirió, cuándo y a qué precio. Todos estos datos figuran en la factura de compra del vehículo.

¿Y si después de tanto tiempo no tenemos esa documentación?

Más allá del DNI y la firma de la hoja de encargo, desde la firma santiaguesa Lorenzo Abogados se asegura que cualquier movimiento bancario que indique la compra o el impuesto de matriculación también deberían ser suficientes. En este caso, la Agencia Tributaria facilita gratuitamente este documento.

En esta línea, Arriaga apunta que «lo normal es que el justificante de liquidación de Hacienda y el de transferencia nos lo aporten la Administración y el banco. En cuanto al contrato de financiación, a la empresa encargada de hacerlo no le supone ningún riesgo, tampoco, facilitárnoslo. Diferente será pedir la factura al fabricante o a la propia financiera de la marca, que solo están obligadas a mantener esta documentación cuatro años y ya han pasado. Dárnoslo, sería entregarnos las armas de ataque».

¿Cuánto se puede recuperar?

Según las resoluciones de la CNMC y del Supremo, entre el 10 y el 15 % de lo que costó el coche. La OCU calcula que los afectados podrían recuperar el 10,61% de media del precio de compra del vehículo, más los intereses de demora. Esto no significa que pueda ser todo, sino que luego habrá un informe pericial. «Este sobreprecio se tiene que calcular individualmente para cada caso. Dependerá especialmente del precio y las condiciones en las que has comprado tu coche, además de la marca, modelo y fecha de compra, entre otros muchos factores», indica Andoni de la Llosa, de Redi Abogados.

¿Cuánto cuesta la reclamación?

Eso depende de si se acude a un bufete de abogados especialista en demandas conjuntas o a una asociación de consumidores o, en cambio, se contrata un bufete que no se encarga de estas cuestiones.

Los primeros van todos a comisión sobre éxito, con lo cual no cobrarían salvo en caso de triunfo. Los porcentajes varían. En el caso de la demanda colectiva de la OCU, la asociación de consumidores se queda con un porcentaje, que es más ventajoso en caso de ser socio. 

¿Y si hay resolución negativa?

En la mayoría de los casos los clientes tienen que hacer frente a los gastos del procurador y las costas que pueda generar el juicio (si el pleito es por menos de dos mil euros, no hay costas y si es por unos tres mil, sobre 750). Otros, como la OCU o Redi, se hacen cargo de todo: «Nosotros vamos a éxito, tanto abogado como procurador y en caso de que haya que pagar costas, algo que consideramos improbable, también. Lo peor que le puede pasar al cliente es que no gane nada». Es el caso también de la OCU.

 

¿Qué dicen los fabricantes?

Hasta ahora se han negado a pactar con los afectados que han reclamado. Recurrieron la resolución de la CNMC, alegando que no había pacto pero perdieron. Y, a los clientes, les están respondiendo que mientras no haya alguna condena firme por un caso de reclamación de un particular no entienden que deban abonar nada.