Hacienda establece los requisitos de los programas informáticos de facturación para atajar el fraude
ECONOMÍA
Los cambios, dirigidos a los productores de software, entrarán en vigor el 1 de julio del 2025
05 dic 2023 . Actualizado a las 19:37 h.Atajar el fraude fiscal que se producía al facturar menos ventas de las que se hacían, ayudándose del conocido como ‘software de doble uso'. Ese es el objetivo del reglamento aprobado este martes por el Consejo de Ministros, a través de un real decreto, y en el que se fijan los requisitos que deben cumplir los programas informáticos de facturación.
La nueva normativa desarrolla la prohibición del citado' software de supresión de ventas' o ‘software de doble uso' —que permite llevar una doble contabilidad para ocultar parte de las ventas— que estaba recogida en la ley de lucha contra el fraude, según explicó el Ministerio de Hacienda.
Las nuevas obligaciones no se dirigen a empresarios y profesionales, sino a los productores y comercializadores de programas informáticos de facturación, que tendrán que ponerlos en el mercado nueve meses después de que se publique la orden ministerial en la que se especifiquen los detalles técnicos.
Los empresarios tendrán hasta el 1 de julio del 2025 para adaptarse a estos cambios de los programas y, según argumenta Hacienda, será una «solución informática integral y segura que simplifique el cumplimiento» tributario, a través de un sistema de facturación seguro y fiable que no permita «alteraciones indebidas» de los registros.
Los sistemas tendrán que generar y almacenar de forma segura los registros de facturación, así como permitir su trazabilidad, incluyendo datos como el nombre, la identificación fiscal, el número de factura, la fecha, el tipo de factura expedida o el régimen de IVA. Para evitar que estos registros se puedan alterar con posterioridad, cada factura llevará un hash encadenado o huella que la vincula a facturas anteriores, así como una firma electrónica.